Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

sentencia restringe visitas al hijo de un transsexual

0 Comentarios
 
Sentencia restringe visitas al hijo de un transsexual
29/07/2007 09:12
http://www.ahige.org/texto_noticias.php?wcodigo=13625

Ratifica la sentencia emitida en primera instancia, en virtud de la
cual puede ver a su hijo tres horas cada 15 días

La justicia ha vuelto a dar una bofetada a Alexia Pardo, antes Álex.
La Audiencia Provincial de Lugo ha ratificado la sentencia dictada
por el Juzgado de Primera Instancia en virtud de la cual este
transexual sólo puede ver a su hijo, fruto de su matrimonio cuando
aún no había decidido cambiar de sexo, tres horas cada 15 días y en
presencia de dos psicólogos y su ex esposa.

Alexia, informática de 29 años, explica que, tras separarse de su
esposa, todo marchaba bien. "Tenía régimen de visitas abierto, es
decir, podía ver al niño siempre que quisiera". Todo cambió el año
pasado. Álex le comunicó a su ex mujer su intención de comenzar un
tratamiento hormonal para cambiar de sexo, sin descartar incluso la
intervención quirúrgica para eliminar sus genitales.

Según explica Alexia, su ex esposa decidió entonces demandarla "para
arrebatarle la patria potestad, el régimen de visitas y evitar toda
comunicación" con el hijo, al considerar que podría ser perjudicial
para el menor. "El hijo quiere a su padre. Pero precisamente ahí
radica la gravedad del problema", afirmó Patricia, la ex, en el
juicio que le dio la razón, si bien la sentencia alegaba
la "estabilidad emocional, no la transexualidad" de Alexia.

Ese fallo es el que ha sido ahora ratificado por la Audiencia de
Lugo, tras admitir el recurso que interpuso Alexia. El tribunal
considera que en este caso debe primar el interés del menor, y vuelve
a esgrimir como principal argumento para mantener el régimen de
visitas la "inestabilidad emocional" del padre, que, según detalla la
sentencia, ha sufrido un "trastorno de ansiedad, un ataque de pánico
y un trastorno de sueño". Dice, además, que "un sistema normal de
visitas supondría un riesgo para la salud emocional del menor, que
progresivamente se habituará -como de facto ya está haciendo, pues la
relación afectiva es buena- a la decisión de cambio de sexo adoptada
por su progenitor".

"Me gusta estar con papá, aunque se maquille"

La batalla judicial comenzó hace algo menos de un año. Escaso tiempo
para un adulto, pero mucho para un niño de siete años al que, según
declaró en el juicio, "le gusta estar con papá y no le importa que se
maquille". Por eso Alexia no da su brazo a torcer, y a pesar de haber
perdido este segundo proceso, no descarta acudir al Tribunal
Constitucional, "a ver si los jueces allí tienen la mente más
abierta".

"No puedo aceptar este régimen de visitas, el mismo que tienen
criminales, delincuentes, maltratadores.... Me están tratando igual
que a ellos", lamenta Alexia, quien considera que se han cometido
numerosas irregularidades en el juicio. Explica, por ejemplo, que no
se ha tenido en cuenta el informe emitido por las psicólogas
del "punto de encuentro", el lugar donde cada 15 días Alexia se
encuentra con su hijo. Según relata, estas dos profesionales
emitieron un informe en el que exponían que sería conveniente imponer
un régimen normal de visitas.

Y es que, "aunque albergaba cierta esperanza", Alexia confiesa que el
fallo no le ha sorprendido, y lamenta que, además, siente
jurisprudencia. "Los prejuicios de esta juez influirán en el régimen
de visitas de otras personas en mi situación", asegura.

"Un precedente escandaloso"

Por su parte, la Federación Estatal de Gays, Lesbianas y Transexuales
(FELGT) considera "muy grave" la ratificación de la sentencia, que,
según su parecer, incurre en contradicciones. Así, destacan que por
un lado la juez resuelve que el régimen de visitas debe limitarse
porque la "inestabilidad del padre no debe transmitirse al menor, que
se siente confundido ante la nueva apariencia" de su progenitor,
mientras que por otro dice que "no se trata, en contra de los que
interpreta la demandada, de impedir que el padre se relacione con su
hijo por el hecho de ser transexual".

Además, la FELGT denuncia que "la transexualidad no puede ser causa
para retirar la patria potestad ni para programar un régimen de
visitas condicionadas", ya que "vulnera gravemente el principio
constitucional de la no discriminación por razón de sexo".

Carla Antonelli, portavoz del área de transexualidad de la FELGT,
considera que la sentencia sienta un "precedente escandaloso, porque
se está criminalizando la transexualidad, al equiparar el régimen de
visitas al de los acusados de violencia doméstica o abusos sexuales a
sus hijos". "Por si fuera poca la discriminación que sufrimos, ahora
encima nos quieren quitar el derecho a ver a nuestros hijos", añade.