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Sentencia no contempla uso de vivienda familiar

4 Comentarios
 
Sentencia no contempla uso de vivienda familiar
08/09/2021 14:15
Hace 4 años me divorcie y quedé con la custodia de mis 2 hijos menores. Uno ya es mayor de edad. Resulta que en la sentencia no pone nada de a quien se le atribuye la vivienda familiar que es mía y de mi ex. Aunque vivo allí desde entonces sin que mi ex haya dicho nada nunca hasta hoy que pretende reclamarla porque dice que ningún juez me la ha otorgado. He consultado con algunos abogados y algunos me han dicho que es un caso muy raro y que no me preocupe que con un trámite podría arreglar ese error y otros dicen que mi ex podría reclamar el piso sin ningún problema.
Que podría hacer al respecto, esperar a que mi ex la reclame o hacer algo antes?, gracias.
12/09/2021 00:35
Si usted desde entonces se ha hecho cargo de la hipoteca, si la propiedad fue adquirida en gananciales y la otra parte la reclama, entiendo que deberá abonar el 50% de todo lo que ha venido pagando por la hipoteca en esos años y mental caso seria un juez el que tomaría una solución al respecto.

Yo en su caso, esperaría a que ella moviera ficha y presentara la demanda y acto seguido póngase en manos de un letrado.
12/09/2021 14:23
Hola a todos de nuevo, ya tengo la respuesta del despacho de abogados sobre el tema de la modificación del articulo 96.
Esta ha sido su respuesta;
Habitualmente no se pone limitación alguna en la atribución del uso de la vivienda, simplemente se dice que se atribuye a los hijos y al progenitor custodio; con esta modificación si los hijos son mayores de edad hay que presentar demanda de modificación de medidas solicitando la extinción de la atribución del uso de la vivienda y, una vez acordada, ya se podrá liquidar, esto lo que quiere decir es que a partir del día 03/09 se puede solicitar la extinción de la atribución del uso de la vivienda en el momento en que el menor de los hijos tenga 18 años.
Es importante saber que se comienza de cero, que no hay jurisprudencia que la ley ha entrado en vigor el día 3 de septiembre.
12/09/2021 14:28
Hola Carol33, lea sobre este tema al final de esta página de inicia en Pórtico Lega. Reforma del articulo 96 del Código Civíl. Animo
25/09/2021 11:22
Hola, gracias por la respuesta. El piso está pagado hace años. He preguntado a algunos abogados y todos dicen cosas diferentes, pero al final todos están de acuerdo que el juez es el que puede darme el derecho a uso o no. Unos me dicen que pida una modificación de medidas otros que espere a recibir la demanda… en fin, esperar es lo que me toca. Gracias.