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sentencia juicio de faltas

4 Comentarios
 
perfil JMP
01/05/2005 10:36
Tienes toda la razón PpBb. Es una modificación introducida por la LO 15/03.

Te agradezco la corrección porque aunque en su día debí, supongo, haberlo leido, lo cierto es que me encontraba en un error del que me has sacado.

Una cosa mas que he aprendido. Gracias de verdad y perdón al resto de intervinientes por haber recibido una información errónea por mi parte.

Un saludo
01/05/2005 00:11
Olvidé decir que entiendo que la imprudencia ha de ser grave.¿No?

Un saludo.
01/05/2005 00:00
Corrígeme jmp, pero tenía entendido los daños no intencionados (imprudentes) estarían catalogados como delito si superaban la cuantía de 80.000 Euros, si bien se necesitaría querella o denuncia de la persona agraviada. El perdón del ofendido eximiría de responsabilidad penal. ¿Me equivoco o es que esto ha cambiado?

Un saludo
perfil JMP
29/04/2005 11:56
Que en breve saldrá la sentencia. Los daños que no sean intencionados no están castigados por el codigo penal. Todo dependerá de que el Juez entienda la existención de intención. Cuestión bastante improbable, pero nunca se sabe.
Sentencia juicio de faltas
28/04/2005 22:41
Hoy se ha celebrado un juicio de faltas en la que yo figuraba como denunciada por un escape de agua desde mi piso al piso de abajo. Se rompió un desagüe.Mi vecino me denunció y dice en el juicio que yo lo hice con mala fe.Ninguno de los dos hemos llevado letrado al juicio.El juez ha dicho!que visto para sentencia!¿Qué significa?¿Cómo sabré en qué ha quedado la cosa? Gracias.