Hola pmaciun.
Si quiere traerse el dinero de USA (entiendo que lo tiene en una cuenta bancaria abierta en aquél país) en principio no habría problemas por transferirlo a España. No sé de qué cantidades estamos hablando, pero en cualquier caso, la propia entidad financiera depositaria de la indemnización te informará y te requerirá la información necesaria para realizar la transferencia.
Ahora bien, en España tienes que tener presente dos cosas muy importantes:
1º) Los bienes y derechos que se poseen en el extranjero deben ser objeto de información al fisco español. En caso contrario, te sometes al riesgo de que le puedan sancionar con dureza.
2º) Por otra parte, en su declaración del IRPF debe declarar, en su caso, la ganancia patrimonial obtenida por esa indemnización.
No puedo serle más preciso porque cada caso es distinto y depende de sus propios matices.
Un saludo.
Jaime.
Hola,
He cobrado una indemnización por daños y perjuicios en EEUU, y ahora quiero traer el dinero a España. ¿Cómo tendría que declararlo? ¿Me retendrían algo?
Agradecería que me indicaran cualquier situación a tener en cuenta.