Ayer día 2 de Abril, llegó a mi conocimiento el siguiente hecho:
Una empresa que se dedicaba al transporte de enfermos para determinadas residencias de ancianos o centros de día, contrató, con la categoría de "ayudante de conductor" a una mujer de alrededor de 35 años con discapacidad psiquica y sensorial, con una minusvalía reconocida del 34%. La función de esta mujer consistía en subir y bajar a los ancianos del interior del vehículo furgón en el que eran trasladados desde sus domicilios al centro de día y acompañarlos durante el trayecto. El noventa por ciento de los ancianos transportados, va en silla de ruedas y en su gran mayoría son enfermos de alzeimer o con demencia senil.
El vehículo de transporte, disponía de una especie de raíles en los que se anclaban las sillas de ruedas, para evitar que éstas se movieran durante el transporte.
Ocurrió, hace alrededor de tres o cuatro años que, realizándose el servicio de transporte, al tomar una curva el vehículo, una de las sillas de ruedas volcó, provocando una luxación (no se bién de qué, creo que de hombro) a una anciana de alrededor de 80 años y enferma de alzeimer que, cuatro o cinco meses después falleció,
Los hijos de la anciana, dicho sea de paso, de "posición económica acomodada", demandaron a la Residencia, a la empresa de transportes y a la trabajadora por considerar que el óbito de su madre guardaba relación con el accidente sufrido, solicitando una indemnización de 45.000,00 euros.
El Juez, en su sentencia del año 2010, ábsolvió a la residencia por considerar que no era responsable del transporte, absolvió también a la empresa de transportes y derivó tota la responsabilidad a la trabajadora, como antes digo con una minusvalía del 34% por deficiencias psiquica y sensorial, estimando que suyo fué el error de no haber fijado convenientemente la silla de ruedas a los anclajes del vehículo.
En el acto de juicio oral, el perito, médico forense nombrado por el Juez, señaló en su declaración, que no era posible determinar que la causa de la defunción (parada cardiaca) hubiera derivado de la luxación sufrida. No obstante y por insistencia del Juez, ante el hecho de que en el informe médico presentado por los demandantes, apuntaba que dado que la anciana tuvo el brazo inmovilizado sobre el pecho, dificultando su respiración y que esa causa agravó sus funciones cardiorespiratorias, el forense acabó señalando (nunca afirmando), la posibilidad de que la luxación hubiera podido tener alguna influencia, apuntando un posible porcentaje, "como mucho" del 10%.
El Juez, en su fallo, dictó sentencia condenatoria contra la trabajadora obligándola al pago de una indemnización equivalente al 10% de la indemnización solicitada por los demandantes, es decir 4.500,00 euros, mas las costas procesales que se fijaron en 1.600 o 1.800 euros.
La trabajadora apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial, siendo la apelación desestimada, confirmando la sentencia, en fallo dictado en Noviembre de 2011, sin que se haya formulado nuevo recurso, por lo que la sentencia debe entenderse firme.
La trabajadora carece de recursos, ya que la empresa en la que trabajaba la cesó y a los dos o tres meses cerró y desapareció y, obviamente, no ha pagado ni la indemnización ni las costas a las que fué condenada.
Recientemente, el letrado de los demandantes, ha solicitado la ejecución de la sentencia, por lo que el Juez ha requerido el señalamiento de bienes para embargar.
**********
Estos son los hechos. Considero que esta es una sentencia totalmente injusta, por varias razones, entre ellas:
1ª No se ha considerado la responsabilidad de la empresa de transporte al contratar para el servicio a una persona con minusvalía.
2ª Todos los vehículos que circulan por la vía pública han de ir provistos de seguro obligatorio, seguro que cubre, precisamente los daños personales y, entiendo que se debió de imputar a la compañía aseguradora.
3ª La relación causa-efecto, no está probada, fué simplemente supuesta por el forense y por la insistencia del Juez, pero es indudable que la inmobilización del brazo hubiera sido de 10-15 días en una persona normal y que fueron los 80 años y el alzeimer de la fallecida los que la prolongaron hasta los casi 2 meses que duró la inmovilización y tales circunstancias no se contemplaron en el juicio.
Entiendo que probablemente no hubo una buena defensa ni un árbitro justo y la cuestión que planteo es la siguiente:
A estas "alturas", ¿habría alguna solución posible?
Que hacer para que la Seguridad Social te de una silla de ruedas, sin tener que pagarla por adelantado? luego te lo devuelven, pero tarda un año y lleva 5 años en paro. Gracias
Si un medico receta la necesidad de una silla de rueda es posible que se la den gratis. En el caso de mi madre fue asi le dieron una silla electrica fue un medico reabilitador