Apreciada compañera, por lo que dices la incongruencia de la sentencia va mas allá de aclarar un concepto oscuro o error material vía artº214LEC (tienes 2 días). Me parece que tu caso es el de apelación.
Mírate como motivos vulneración el 218 LEC (falta de motivación y congruencia) y 217 LEC (inversión indebida del Onus Probandi). Saludos cordiales.