Estimado experto/a, le escribo para ver su punto de vista, tengo un abogado joven de pocas palabras que ya en anteriores ocasiones ha metido la pata varias veces:
En el 2.007 nos pusieron una demanda civil, hubo un juicio ordinario en 2.008. A finales del 2.008 salió la sentencia de nuestro municipio, ambas partes apelaron al Juzgado Provincial. El juzgado Provincial en una sentencia del 2.011 le dio la razón a ellos. Nosotros recurrimos en Recurso de Casación, pero Madrid no nos ha admitido el recurso, y ha dejado la sentencia firme desde 2.012.
Nuestra idea es hacer una revisión de Sentencia, he estado revisando el Título VI de LEC, el art. 511 comenta que el plazo es de 5 años desde la fecha de publicación de la sentencia que se quiere impugnar. Mi abogado me comenta que los 5 años se cumplen hasta finales del 2.013.
La idea es realizar una revisión por las siguientes causas:
1. Los testigos han mentido.
2. Obtención de algún nuevo documento.
Mis preguntas son:
a) Para la revisión ¿por qué tengo tiempo hasta diciembre del 2.013, si en realidad la sentencia que me interesa revisar es la Provincial del 2.011 y no la del juzgado municipal de finales de 2.008?
b) ¿cuántos años existen para poner una demanda penal contra los testigos si han mentido?
c) Mi abogado, siempre me solía decír no te preocupes, no hace falta demandarlos aún, que en todo caso más adelante, y ahora me dice que no merece la pena poner demanda penal, ya que para la Revisión necesito una sentencia Firme de que ellos han mentido, y es cuando él podría comenzar la Revisión. Y para entonces, mi abogado dice que ya se habrán cumplido los 5 años para pedir la revisión.
d) ¿puedo comenzar una demanda penal, y solicitar que detengan la ejecución? ¿es eficiente, está dentro de la ley, o depende de la subjetividad del magistrado?
e) si obtengo algún documento nuevo, ¿puedo paralizar la ejecución con la revisión?
En estos casos lo mejor es una nueva opinión de otro abogado mas experto. Hay que valorar si merece o no y ver si hay posibilidades de ganar. Una nueva consulta no es muy cara y se queda Ud mas tranquilo.
Vuelve a leer tu primera exposición. ¿Crees que alguien puede entender de que hablas?.
No dices que tipo de juicio y quienes son las partes implicadas, ni el motivo del mismo.
Estimado Acriton:
Es una demanda civil, sobre una vivienda.
Yo compré una vivienda a un señor alemán (donde normalmente el régimen por defecto es Participación de Bienes), como él tenía problemas de inscripción, no se le pagó la totalidad de la vivienda. El problema es que este señor al ser extranjero, a la hora de registrar la vivienda, con un acta de manifestaciones en notaría consiguió poner a nombre de los esposos en Régimen de Gananciales, en lugar de ponerlo solo a nombre de él. La señora en el 2.007 puso una demanda tanto al marido como amí, comentando que no tenía conocimiento y consentimiento de esta venta, pidiendo la nulidad del mismo, presentó a unos testigos, que testificaron con mentiras. Nosotros no pudimos demostrar que ellos en el año del hecho NO estaban en régimen gananciales.