Hola, mi padre reside en Francia, tiene Alzheimer y ahora esta bajo tutela. La sentencia se hizo en Francia, dando la tutela a un organismo externo, y a una de mis hermanas.
Acabamos de recibir la sentencia TRADUCIDA al Castellano, por una traductora oficial. Y nos comenta la tutora externa que con ese escrito, es suficiente aquí en España.
¿Es cierto? Una simple traducción, aunque esté hecha por una traductora oficial, ¿es como si la sentencia estuviese convalidada?
O dicha sentencia ¿Debe de pasar por un tribunal Español?
Gracias.
Los efectos de la sentencia en que se fija la tutela son reconocidos en España sin mayores trámites, porque es un título legítimo sobre la situación personal de la tutelada. Es lo mismo que un matrimonio extranjero residente en España, que no necesita acudir a ningún tribunal para que reconozca ese matrimonio, sino que se da por válido. Cosa distinta es que la tutelada, la tutora o las personas que pudieran serlo (vgr familiares próximos) tengan desavenencias que sea preciso resolver, en cuyo caso podría hacerse valer esa sentencia en un juzgado de primera instancia español, a efectos de su ejecución forzosa.