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Sentencia estimatoria gastos formalización escritura

3 Comentarios
 
Sentencia estimatoria gastos formalización escritura
27/01/2022 20:54
He reclamado a un banco gastos formalización escritura e Hipoteca. He dado poderes al despacho de abogados para representarme y me envian escrito con sentencia estimatoria del 24 de noviembre.
Me dicen en 12 de enero que ya han pasado 20 días para apelar el banco y que si me han pagado. Digo que no.
Llamo hoy y me dicen que los del banco apelaron el 3 de enero.
Que mis representantes ya mirarán si se han pasado de plazo para poner esa apelación los del banco , que ya mirarán cuando se le ha notificado al banco la sentencia estimatoria..No entiendo nada. ¿El juez no notifica el mismo día la sentencia a las 2 partes? ¿O desde que la reciben? No sé. Tampoco entiendo que me difan , que ya mirarán si se han pasado o no.para oponerse a la apelación.¿ no hay un plazo desde el 3 de enero? Y no.lo han hecho
28/01/2022 08:25
Hola,

El plazo para interponer Recurso de Apelación empieza a correr desde que se notifica la Sentencia. Esta notificación no tiene porqué haberse producido el mismo día.

Una vez interpuesto el recurso de apelación todavía tiene que admitirse y entonces en cuando dan traslado a las otras partes para impuganción y alegaciones.

Lo que te han comunicado tus letrados creo es que solicitarán el acuse para saber en que fecha fue notificada efectivamente la sentencia y en que fecha tuvo entrada por registro la apelación de la contraparte. Una vez vea las fechas de los acuses podrá saber a ciencia cierta si el recurso se interpuso en tiempo o no. Si el recurso se interpuso fuera de tiempo, podrán impugnar el recurso por extemporáneo.

Espero haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
28/01/2022 10:19
elminster
Muchas gracias.Ahora me han pasado el recurso de apelación del banco y pone que el 29 de noviembre se les notificó la sentencia y el recurso de apelacion esta firmado el 3 de enero
28/01/2022 10:46
enam
Hola,

Pues según mis cálculos dan que está presentada en plazo. La notificación se entenderá realizada al día siguiente hábil de su entrega efectiva (151.2 LEC) y el plazo empezará a correr al siguiente día hábil (133.1 LEC). Ten en cuenta que el plazo es de días hábiles, por lo tanto deberás descontar sábados, domingos y festivos (25 dic, 26 dic y cualquiera que sea festivo en el partido judicial).

Así que, S.E.U.O. el plazo finalizaría el día 4 de enero.

Un saludo.