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sentencia en Italia

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Sentencia en italia
03/07/2010 09:41
El Tribunal Supremo italiano ha anulado la condena de ocho meses de prisión a un hombre de 45 años por maltrato a su mujer durante tres años, al considerar que la condición psicológica de ella demostraba no haber sido "atemorizada por el comportamiento del marido".

Los jueces del Supremo de Italia, en la sentencia 25138 divulgada este viernes, absuelven por tanto al marido de la condena por maltrato impuesta en primera instancia en 2005 por un Tribunal de Sondrio (norte de Italia) y confirmada después por la Corte de Apelación de Milán en 2007.

Era una mujer "muy cargada emocionalmente"
Este último tribunal había establecido que "la responsabilidad del imputado quedaba probada por la base de las mismas admisiones, aunque parciales, y por el testimonio de los médicos y por los certificados médicos, de los que se deducen una conducta habitual de vejaciones, violencias y ofensas humillantes, lesivas de la integridad física y moral".

Pero la Corte Suprema italiana estima en su sentencia que los hechos en cuestión "parecen quedarse en algunos limitados episodios de injurias, amenazas y golpes en el plazo de tres años, que no constituyen de por sí connotación de hábito en la conducta de vejación".

"Es más, la condición psicológica de la mujer, para nada atemorizada por el comportamiento del marido, era sólo la de una persona turbada, exasperada, muy cargada emocionalmente".

Durante su alegato ante el Supremo, el marido había basado, precisamente, su defensa en el hecho de que ella misma hubiera admitido tener un "carácter fuerte" y no haber tenido miedo de la conducta de él.

El supuesto maltratador aseguró además que los tribunales que le habían condenado con anterioridad habían confundido unas "vejaciones continuadas" con algo que simplemente era un "clima de tensión entre los cónyuges".