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Sentencia despido improcedente y vacaciones

18 Comentarios
 
Sentencia despido improcedente y vacaciones
22/01/2005 18:57
He obtenido una sentencia favorable por despido improcedente en la que se dicta que la empresa tiene que readmitirme o indemnizarme, ademas de pagarme los salarios de tramitacion. La empresa ha optado por readmitirme pero ha pasado el plazo de los 5 dias y aun no me han pagado. Por otro lado puedo exigir ya las vacaciones que me pertenecen del año anterior y que son 13 dias? Que tengo que hacer para que se ejecute la sentencia? El problema es que tengo que salir de vacaciones del 2 al 12 de febrero y la empresa no me deja. Ayuda por favor. Gracias.
22/01/2005 23:27
Buenas noches,

No haces constar si te defendió un letrado o ejercistes la autodefensa, permitida en los procesos laborales. Si fue la primera opsicón, el/la abogad@ sabrá perfectamente lo que debe de hacer y lo estará haciendo, supongo, que no es otra cosa que solicitar la ejecución de Sentencia al mismo Juzgado que emitió Sentencia, siempre que ésta haya sido declarada firme.
Para dicha ejecución tu Abogad@ presentará demanda ante el Juzgado mismo que emitió la misma con los requisitos legales que consta en la ley procesal, siendo reducida porque solo deberá hacer constar al Juez que Sentencia es el título habilitante emitida por él mismo, deberá solicitar el embargo de bienes que cubra el débito, caso de no realizarce su exacción, investigar el patrimonio de la empresa etc...

En lo relativo a las vacaciones, tienes derecho a su disfrute, si no te lo dan deberás demandar a la empresa por los cauces de celeridad que te marca la Ley Procesal Laboral, si te corresponden, el Juzgado reconocerá el derecho y no cabrá recurso alguno.

No obstante te dejo un modelo:

AL JUZGADO
Don/ña. XXX, en la condición de demandante contra la EMPRESA YYY por ASUNTO en los autosNúm.XX, y cuyas circunstancias personales y profesionales ya constan, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, digo:
Que por medio del presente escrito solicito la ejecución de la sentencia n: ... por la que se condena a la empresa demandada al abono de la cantidad de ... Euros más el 10% anual de intereses por mora.
Baso esta solicitud en los siguientes:
HECHOS
PRIMERO. La sentencia es firme.
SEGUNDO. La empresa demandada no ha satisfecho las cantidades objeto de la condena a pesar de los intentos amistosos que he realizado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. La Ley de Procedimiento Laboral, art. 235.1. Las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de las sentencias dictadas en los juicios verbales.
2. La ejecución se llevará a cabo por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en instancia.
II.- La Ley de Procedimiento Laboral, art. 237.1. La ejecución de las sentencias firmes se iniciará a instancia de parte, salvo las que recaigan en los procedimientos de oficio, cuya ejecución se iniciará de este modo.
2. Iniciada la ejecución, la misma se tramitará de oficio, dictándose al efecto las resoluciones y diligencias necesarias.
Por ello,
SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito y sus copias, se sirva acordar la ejecución de dicha sentencia, requiriendo de pago y, en su defecto, procediendo al embargo de bienes de la empresa condenada, en la forma y orden establecidos en la LEC, en cantidad suficiente para cubrir el importe del principal adeudado, que asciende a la cantidad de ... Euros más el 10% de intereses por mora, incluyendo la Minuta del Abogado (o Procurador o Graduado Social), que se acompaña en escrito independiente.
OTROSI-DIGO: Que designo para mi representación y defensa en este procedimiento de ejecución al Abogado (o Procurador o Graduado Social) Don ..., cuyo despacho profesional sito en ... designo a efectos de citaciones y notificaciones.
SEGUNDO OTROSI-DIGO: Que a los efectos del embargo solicitado se señalan los siguientes bienes: ...
En Lugar y fecha,

(fdo)


Un saludo.
23/01/2005 10:58
¡Cuanto lerele para tan poco laralo.!

Mira Carlos. Si la sentencia ha devenido en firme y el empresario no ha ejercitado la opción o habiendola ejercitado opta por la readmisión y esta no se lleva a cabo o se hace de manera irregular, el trabajador solicitará la ejecución en los plazos siguientes:

a) en los 20 dias siguientes a la fecha en que el empresario hubiese señalado para la readmisión si ésta no se hubiese efectuado.

b) 20 dias siguientes a los que expire el plazo de los 10 dias fijados para que el empresario comunique al trabajador la fecha de su reincorporacion, sin haberse señalado fecha de reanudación de la relación laboral.

c) En los 20 dias siguientes a los de la fecha en que la readmisión se produzca si ésta se considera readmisión iregular.

Una vez que se ha instado la ejecución por cualquiera de las causas señaladas, el magistrado citará a las partes en un plazo de cuatro días (si no comparece la empresa, se celebra el acto sin ella y si no comparece el actor, se tiene por desistido.)

Este acto se llama INCIDENTE DE NO READMISION y está regulado en el art. 277 de la L.P.L. (hay que dar menos al formulario y mas a la lectura de la Ley de Procedimiento.) y en él (en el a veces obsceno acto) las partes podran aportar las pruebas que estimen pertinentes pero solo en relacion con la readmisión.

Visto el acto, el magistrado resolverá mediante auto y absolverá o condenará a la empresa demandada a.

a) Al abono de salarios de los dias que van desde la comunicacion de la sentencia hasta la fecha de emisión del auto.

b) declarará extinguida la relación laboral con fecha de la del auto y condenará a la empresa al abono de la indemnizacion establecida por despido improcedente.

c) En atención a las circunstancias y a los perjuicios causados, el magistrado podría fijar una indemnizacion adicional de hasta quince dias por año con un tope de doce mensualidades.

Por eso y afin de evitar el retraso que conlleva este Incidente, cuando la empresa demandada está cerrada, no existe, es conveniente pedir en el acto de juicio que una vez verificada la inexistencia de la empresa demandada, por razones de economía procesal, se declare en la sentencia de despsido la extinción de la relación laboral.

De aviadores torpes. Liberanus Dómine.

23/01/2005 13:51
Vamos a ver...
La empresa me ha readmitido y yo he empezado a trabajar. Luego la empresa ha cumplido parte de la sentencia. En la sentencia se dice que ademas de la readmision se me debe pagar el salario de tramitacion en el plazo de los cinco dias siguientes de la notificacion de la sentencia. Esta parte no se ha cumplido porque no me han pagado. Ademas quiero saber si puedo exigir los 13 dias de vacaciones que tengo pendientes de disfrutar del 2004 ya.

Gracias.

Carlos
23/01/2005 18:58
Hola.

Si no te han pagado los salarios de tramitacion habrá que entender que la readmisión ha sido irregular por cuanto no se cimplent todos los requusitos exigidos en la misma: Vover a tu puesto d trabajo con las condiciones que tenías y EL ABONO DE LOS SALARIOS DE TRAMITACION.

Con respecto a las vacaciones, en mi opinión si puedes reclamarlas ya que el no haber podido disfrutarlas en el año anterior no ha sido por causas imputables al trabajador como ha sido el despido (si este ha sido el motivo) pero es una reclamacion independiente de la de despido.

Saludos.
23/01/2005 20:20
Buenas tardes,

Considerando que el Sr. Censor ya no únicamente me ha censurado mi mensaje que tenía que constar después del de NINFA, sino que lo ha hecho desaparecer, Carlos te diré que si no se cumplió la Sentencia debes de solicitar del mismo Juzgador su EJECUCIÓN, tal como ya te expuse.

"Esperemos que el Sr. Censor no tenga privilegios con el sexo opuesto al Masculino, lo digo por el rigor de censura con el que me ha tratado".

Un saludo.
23/01/2005 20:25
Compañera Ninfa.

Sin entrar en el fondo y sí en la forma (sobre todo, en el "Alfa y Omega"), y está claro que sonriendo, uno no puede substraerse y no hay más remedio que reconocer tu ingenio para las metáforas. Vamos, que ni el Garcia Lorca de sus mejores tiempos.

¡Compañera, aparte de inteligente, eres un SOL!

Que os vaya a todos bien.
23/01/2005 21:46
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
23/01/2005 22:05
Hola Crepúsculo. En un primer término te comento que no tenía ninguna gana de verme vinculado en el tema (Ninfa y tu) y que mi mensaje se ha cruzado con el tuyo. Si hubiese advertido el tuyo, seguro me hubiese abstenido.

Pero no te confundas, que somos personas distintas y con atributos diferenciados (ella con delantera y yo con buena defensa) y a casi mil kilómetros de distancia. Seguro. Y te digo esto porque he coincidido con la compañera ya en varios foros.

Creo que es lo mejor para todos, y seguro que para los preguntantes, el tomarse la medicina de la calma, olvidarse del asunto y todos contentos.

Venga, tranquilo y que te vaya bien.
23/01/2005 22:09
Crepusculo, en procedimiento laboral no estoy muy puesto (no ejerzo), por lo que me abstengo de opinar. Tampoco llegue a ver tu mensaje censurado.
Pero en una cosa te equivocas...
GS Granada no es igual a Ninfa. No hay que ser demasiado inteligente para saber que es la reencarnacion de un forista con solera y que un dia decidio desaparecer, tambien indignado por la actitud del censor hacia su persona.
En fin, es cosa de él si quiere o no cofirmar su identidad, pero te aseguro que no es Ninfa.

Un saludo y de nuevo, que haya paz.
23/01/2005 22:46
No quería yo echar leña al fuego, pero lo de Crepúsculo es de un cinismo impresionante. Se queja del 'Sr/a. Censor/a', acusandolo/a de estar en un estado de 'molestia pervertida' (vete tú a saber que es eso...), y concluye que no vivimos en una Democracia (dice que solo es de 'forma' pero no de 'fondo') porque el/la 'Sr/a. Censor/a' le eliminó uno o dos posts en los que insultaba descaradamente, y sin motivo alguno, a la por todos admirada Ninfa.

Como sospechaba que el/la 'Sr/a. Censor/a' , con buen criterio, le iba a eliminar su último post, lo copié antes de que eso sucediera.

¿Sabeis que decía ese post de Crepúscdulo? Pues, literalmente, decía esto:

"Lo de Ninfa te lo pusiste por "ninfómana intelectual, supongo".En fín...Un necio instruído siempre es más necio que un ignorante. Lee bien al que pregunta y luego entérate bien después de consultar los libros de derecho laboral".

(espero que el/la 'Sr/a. Censor/a' no elimine este post por reproducir el post eliminado de Crepúsculo, pues la intención y el contexto es bien diferente; al menos, que le dé tiempo a leerlo a GS Granada, a la propia Ninfa , a Nando_bcn y a otros habituales, para que sepan a ciencia cierta como se las gasta el forista Crepúsculo, y hasta donde llega su cinismo y mala educación).

No se trata de 'censura' ni de Democracia sí o Democracia no: se trata, simplemente, de buena educación, de cumplir las normas de participación en un foro, sin insultos y sin faltar a nadie, y de limpiar el foro de las excrecencias de los foristas indignos de participar en él, eliminando sus mensajes con insultos u ofensivos).

Saludos a todos los foristas de buena voluntad.




23/01/2005 23:43
Buenas noches,

GS Granada, para el caso supuesto que Vd., no sea en identidad de persona que la tal NINFA ni censor, le pido acepte mis mas humildes disculpas. Solamente añadir que si de defensa se tratase, me apunto a participar en medidas para los récords Giners. Recibe un cordial saludo.

Estimado JuanjoB,
Gracias por verter a la corriente del foro mis expositivos "censurados", supongo que lo copiaste antes de la censura, ¡¡ah, Señor, Señor!!, para que luego digan que no existen las casualidades; aunque Yo sigo sin creer en ellas.

Dicho expositivo u opinión si te molestas en leerla con la debida inteligencia y cognocidad no vulnera ni derechos fundamentales ni libertades de NADIE, te aconsejaría ciertas Sentencias de nuestro alto Tribunal, pero visto lo visto, sería perder el tiempo.

Somos mayorcitos y profesionales en el derecho para alcanzar a valorar las expresiones en su justa medida, sin sacar las cosas de contexto, porque hablando de expresiones y de ejercer violencia verbal sobre alguién, tú lo has hecho y con creces sobre este forista, pero ante seres como tú, en el caso más remoto "leguleyo", aunque tu afinidad con la Sta. "Ninfa" sea, tal vez, porque te ha resuelto alguna duda (esperemos que no sea como lo ha hecho en el presente tema, pués desconoce, en todo, que se debe solicitar la "Ejecución de Sentencia") que tú no alcanzabas, en fín, "Presumir y NO valer es mascar sin comer...".

Saludos a todos los foristas de buena voluntad e incluso a aquéllos subsumidos en la ignorancia cuyo don no sea, precisamente, la "educación". Creo en la libertad de expresión como eje neurálgico de una democracia.

24/01/2005 01:41
Desde luego, la buena educacion no se puede imponer ni impartir por ley, pero está claro que el administrador de este foro, y de cualquier otro foro, es muy libre de dejar participar a quien quiera y de establecer las reglas de participación que estime más convenientes sin que ello suponga un atentado contra la Democracia.

Está también claro que el administrador de este foro no obliga a nadie a participar en el mismo contra su voluntad, y por lo tanto, el que participa es porque quiere, cada uno tendrá sus motivaciones pesonales o profesionales, aunque todos debemos cumplir las reglas o normas de participación, además de comportarnos de forma educada con los otros foristas aunque no estemos de acuerdo con sus opiniones.

Si a alguien no le gustan las normas de participación en un foro, lo lógico es no participar..., y si se prticipa, se deben acatar las normas de participación, y si en las normas de participación se prohiben los insultos y faltas de respeto a otros foristas, pues no se deben proferir insultos ni faltar al respeto a otros forista.

A mi me parece eso tan claro, tan sencillo y tan obvio que no entiendo como todavía hay alguien que se quiere salir con la suya e imponer sus propias 'normas', pautas y criterios a los demás, incluso en un foro que no es suyo...

Si uno quiere imponer sus normas, la cosa es bien sencilla, tan solo hay que montar un foro y poner o no poner las normas que a uno más le gusten.... (y esperar, a ver si hay suerte y a los demás también le gustan las normas o su ausencia, y se animan a intervenir).

Crepúsculo, si no te gustan las normas de este foro, ¿por qué sigues participando en él? ¿por qué no te montas tu propio foro?


24/01/2005 02:44
Buscando la palabra 'censura' a través del botón de búsqueda avanzada encontré un tema que me pareció muy interesante (más de 100 posts !!!) titulado 'Eliminación o 'censura' de mensajes poco respetuosos con otros foristas o sus opiniones' (en http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=11109&cod=115 230 302 000 ), del que entresaco este parrafito (que dedico al amigo o amiga Crepúsculo):

"1) Los dueños de Portico Legal son muy dueños (valga la redundancia) de impedir o restringir el acceso a SU portal a quien quieran, o a eliminar los mensajes que incumplan las normas establecidas para participar en este foro.

2) Según las condiciones de participación que tú y todos los demás intervinientes en los foros debemos aceptar como condición 'sine qua non' para participar en este foro, sus dueños se reservaron, en todo caso, el derecho a denegar o eliminar las intervenciones de contenidos ilícitos o que considere inconvenientes SIN NECESIDAD DE JUSTIFICACION O EXPLICACION ALGUNA.

3) Si no te gustan las normas de participación en este foro, la solución es muy fácil: simplemente, NO PARTICIPES y vete a otro foro que no tenga normas, o que tenga otras normas que a tí te gusten más.

4) ¿Aceptas o no aceptas las normas de participación en este foro? Si no las aceptas, NO PARTICIPES, y si las aceptas, acepta también que los dueños del foro eliminen los mensajes que consideren inconvenientes (te guste o no te guste) y no les pidas explicaciones, porque según las normas que FORZOSAMENTE DEBES ACEPTAR para intervenir, simplemente no tienes derecho alguno a pedirlas, ni, mucho menos, puedes exigirlas.

5) Si tan intolerante crees que es este foro... ¿por qué sigues participando en él y no te vas a otro más 'tolerante'?

¿Por qué sigues enviando mensajes a un foro en donde son sistematicametne eliminados? Dá una prueba de la 'democracia' que dices defender y respeta el derecho que los dueños de Porticolegal tienen a eliminar mensajes de SU foro o a denegar acceso al mismo (que es un foro privado, en el sentido de que tiene dueño, que no es del Gobierno...)".

Más claro imposible (por cierto, Bestianegra, tu post está inspirado en el post que yo transcribí más arriba o es de tu propia cosecha? lo digo porque sus razonamientos parecen 'calcados', aunque personalmente me parecen impecables... e irrefutables...).

Saludos a todos.

A.M.T.

24/01/2005 06:01
Buenos días a tod@s,

No voy a ser Yo quién de pie para que continúen en un intento de "acoso y derribo"; es decir criticarme negativamente hasta el punto de que abandone este foro, y sabeis por qué, porque creo tan ciegamente en la libertad de expresión, que al final entiendo y comprendo vuestra frustrada postura, en fín "Juntáronse delantales y no quedó vecina sin señales (en este caso vecino)".
El Sr. Carlos expone un tema y tan sólo DOS foristas le responde (Ninfa y un servidor) con mejor o peor fundamentación jurídica, pero sin salirnos del contexto del derecho; aunque a veces dentro del mismo, critiquemos la postura del otro-que no al otro; eso se llama avivar la motivación intelectual, donde, verbigracia, le digo a la Sta. Ninfa-entre líneas- que dónde dejó los libros de derecho laboral, los extraiga del desván, les quite el polvo y vuelva a repasarlos... ya que su opinión profesional, en todo o en parte, puede dar origen a una confusión, cuanto menos meridiana, en el que solicita consejos. Aunque debo defender esa postura porque al menos ella salta al ruedo, eso es valentía profesional.

Pero Vds., creedores de seguir aún en una época inquisitorial os habeis reunidos para ver cómo podeis mandar a un loable forista a la hoguera, pués sabed que cuando a alguién se envidia es porque tiene algo "digno" de ser estimado y deseado, y por tanto, está en mejor situación que los demás; y los presentes hechos no dejan de ser el paradigma que ilustra vuestra patética conducta.

Pero os prometo, que de mi propia voluntad seguiré aquí, ayudando a quién lo necesite (jurídicamente hablando, dado el foro) y sirviendo de reciclaje legal de otr@s tant@s acomodados en algún despacho, porque francamente marcharemos tod@s por el sendero del contenido de la Constitución, y visto lo visto, YO el PRIMERO.

Que tengais un buen día.
24/01/2005 21:21
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
24/01/2005 22:40
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
24/01/2005 23:00
He contestado a un tema "Prueba de alcoholemia" en el foro de lo Penal, os rogaría que acudan allí a dar vuestra opinión jurídica. Ninfa incluso tú puedes ir, al menos para que intentes leerlo, aunque luego lo conviertas en un puzle de irrazonabilidad.

Saludos
25/01/2005 14:56
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.