independientemente de que esa sentensia sea justa o no, debemos tener en cuenta; por un lado que la pensiòn de alimentos no debe ser proporcional a los ingresos de quien los da y a las necesidades de quien los recibe y para determinar loss ingresos caben otros medios de prueba diferentes a la nòmina ( extractos bancarios, facturas de gastos, bienes en propiedad, rentas, bonos, acciones etc.) , en definitiva un juez tendrà en cuenta no solo una nòmina sino el nivel de vida que lleva el alimentista el cual nos puede inducir que sus ingresos son muy superiores a lo que declara.
Por otro lado debemos considerar que el concepto de alimentos no abarco en sentido estricto el dar dee comer, sino tambien la vivienda, el vestido, la asistencia mèdica la educaciòn y todo ello al mismo nivel que lo tuvieron con anterioridad a la separaciòn, esto es solo el mìnimo que debe cubrirr la pensiòn de alimentos de un hijo, perro ademàs el juez tendrá en cuenta que los hijos no deben verse afectados ecomònicamente por laa separacion de ssuss padres en el sentido de que maantengaan laa misma calidad de vida que tuvieron con aanterioridad a laa separaciòn.
¿750 euros cada niño????????????!!!!!!!!
¿pero de que se alimentan esos crios?
Con ese dinero, esa mujer, perdon, ex esposa, podrá darles pasta con tomate frito todos los dias, y ella estar de peluqueria del "coteinglé" todos los dias!!!!!!!!(mientra el ex marido opta por un saco de dormir en plaza castilla)
PD: habrá que recoltectar fondos para comprar nuevas gafas al juez.
Mall, para poder reclamar que se respete o se traten igual los derechos de igualdad y de presunción de inocencia, ¿hace falta letrado y procurador? ¿puedes dirigir tu personalmente el escrito con la descripcion de los acontencimientos aportando la documentación que tengas? Orientame, por favor, en la medida de lo posible en el proceso.
Gracias y muchísima suerte.
Pues si explica que la que parece mentir es la Sr. XXX, no entiendo que "castigue" al Sr. ZZZ. Me fastidia un poco que un individuo pueda jorobarle la vida a otro basandose en interpretaciones personales. Me alegra que no estemos legislados por muchos de estos, y me apetece pensar que es uno, entre un... , espero que pocos. Besos y abrazotes.
Coincido contigo, en ocasiones, se olvida el bienestar de los niños.
Yo también pregunto, a quien pueda responder
¿que hacer?
La justicia es lenta pero el tiempo pasa demasiado rapido.
Si no se permite a uno de los padres "situarse", "estabilizarse", ¿como podrá vivir? ¿que podrá transmitir a sus hijos?
Muertas las ilusiones y la esperanza, ¿por qué luchar?
Está claro que ese Juez no se ha creido que el padre gane al mes 1880 Euros, sino que piensa que gana mucho más. Y la culpa de eso lo tiene todo aquel que no refleja en la nómina la realidad de sus emolumentos, y eso lo saben los jueces que, aún siendo jueces y estando encerrados en su despacho no son tontos y saben que la gran mayoría de los mortales españoles van a ver "por donde les meten el gol". Así que, curados de espanto los jueces, se cansan de decir en las Sentencias que aunque se alegue una cantidad como ingresos brutos, se trata de una afirmación falsa a todas luces.
Ahora bien, ello no quita para que me parezca muy elevada la pensión por alimentos otorgada a cada hijo, 750 Euros para cada uno de ellos me parece muy alta, muy por encima del nivel que estoy viendo en la Audiencia Provincial en la que me desenvuelvo a diario. Un saludo.
pues esto es... (no tengo palabras, y las que tengo suenan tan fuertes...) en fin. ¿Nadie sabe donde se puede recurrir esto? Lo mejor del tema, es que un amigo mio, juez, hablo con el individuo que dictó esta sentencia. El individuo, reconcoció su error, pero, cito textualmente, dijo: ¡que se joda! Ya saldrá la sentencia en firme. Pero mientras tanto, ¿qué podemos hacer? ¿se pone en la boca del metro? ¿se coloca en una esquina? La sensación de indefensión es tan grande.
En relación a tu comentario, puedo decirte y corroborar que está sucediendo.
Que sea posible o no debe ser potestad del juez.
En mi caso, aportando documentación de encontrarse el padre de los menores en situación de desempleo, realizando cursillos de formación para ampliar y/o mejorar su situación profesional y habiendo asistido a todas y cada una de las entrevistas del paro; cobrando la prorroga de un subsidido de desempleo por importe de 331 euros, NO MODIFICAN LA SENTENCIA y LE OBLIGAN A PAGAR 540.91 EUROS, (120.20 para su ex y el resto para dos niños)
¿para quien es justa la JUSTICIA? ¿para quien cree en ella o para el que sabe utilizarla?
Aplicando los preceptos expuestos al caso de autos en lo que a la cuestión controvertida se refiere, resulta que ambos progenitores trabajan, siendo los emolumentos de la Sra. XXX presumiblemente muy superiores a los que justificaen su demanda de 413,36.- Euros, por un contrato de administrativa, de acuerdo con los documentos presentados por la propia demandante (documentos 51 y 52 de la demanda), al ser la empresa Empresa XXX,S.A., una empresa de la familia de la actora, que no es ganancial, así como a la vista del nivel de vida de la familia, cuyo mantenimiento no se debe exclusiva ni mayoritariamente a las aportaciones del Sr. ZZZ, que sin duda viene obligado a dar alimentos, pero en dicha obligación se ha de tener en cuenta que habrá de hacer frente a la mitad del préstamo hipotecario que grava el domicilio familiar, y que percibe la cantidad de 1.889,07.- Euros según los documentos aportados en el acto de la vista, si bien tiene ya domicilio, como ha reconocido al tener la familia dos viviendas, de modo que se estima adecuada como cantidad que el Sr. ZZZ habrá de satisfacer por sus dos hijos la de 1.500.- Euros (750 Euros por hijo).
un juez ha decidido que un hombre paque 20.000 pesetas mas de lo que gana en nomina, en calidad de pension alimenticia a sus hijos. ¿como es eso posible?