Me ha reducido la pensión de alimentos de mi hijo menor de edad, la sentencia dictada por el Juzgado de Familia y confirmada por la Audiencia Provincial, en la ST.
no se hace constar si tiene efectos retroactivos a la interposición a la demanda de modificación de pensión de alimentos, por lo que la parte actora ha solicitado aclaración de la sentencia solicitando la reducción de alimentos que sea retroctivo desde la la interposición de la demanda, hay alguna ST TS o un art, que me pueda acoger que los efectos de la ST. de reducción se computan desde la fecha que se dictó, ya que estamos tratando de un menor, tendria que devolver la diferencia que se me ha reducido desde la interposición de la sentencia. Gracias.