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sentencia de liquidacion de bienes gananciales

1 Comentarios
 
09/04/2004 11:49
Si tienes una sentencia en la que se te adjudica un bien, o mejor dicho una mitad indivisa de dicho bien, ya que la otra te pertenece, supongo, que por compraventa, el Registro de la Propiedad tiene que aceptar dicha adjudicacion que se te ha hecho por sentencia sin lugar a dudas. Tras la referida sentencia el bien deja de ser comun y no cabe ejercitar ninguna accion para su division (actio comuni dividundo) ni tampoco ante notario, para lo cual ciertamente hace falta el acuerdo de ambos.

No comprendo cual es el problema teniendo la sentencia a su favor en la mano. ¿No la has llevado al Registro? ¿Que problemas te han puesto?

Un saludo,

otra alicantina
Sentencia de liquidacion de bienes gananciales
01/04/2004 13:36
Se ha dictado una sentencia de liquidacion de bienes gananciales donde uno de los bienes incluidos en ella, y adjudicado a mi, resulta ser adquirido antes del matrimonio por mitad y pro indiviso, dandonos cuenta de ello al ir a registrar dicho bien. La otra parte se niega a firmar ahora la division de dicha cosa en común para poder registrarla alegando que instará un proceso declarativo posterior solicitando la subasta de dicho bien. ¿ que puedo hacer ahora? ¿ puede el registro inscribirlo a mi nombre con la sentencia de liquidacion que poseo?. Gracias de anrtemano