Apreciados Colegas:
Soy Abogado Boliviano. Y les planteo una situación que me comentó un amigo que ocupa un cargo en la Judicatura Agraria.
Empecemos pues.
Hace una semana el Juez a quien llamaremos CARLOS fué posesionado como tal( Juez)
Cuando llego a su despacho revisa un expediente que se encuentra con una sentencia que ya tiene la calidad de COSA JUZGADA y que debe ser ejecutada.
Consta además un Auto del anterior Juez en el que se expresa que la sentencia debe ser ejecutada sin modificarla.
Sin embargo, en la Sentencia no se expresan los límites que corresponden a la servidumbre de paso que fué solicitada.
Tampoco el ABogado de la parte victoriosa solicitó la Complementación o aCLARACIÓN DE LA sentencia.
Pregunto:
¿Qué debe hacer el JUez para ejecutar la sentencia si no tiene los límites de la servidumbre?
Les agradezco de antemano.