Tengo un procedimiento penal por estafa ( defiendo el querellante) porque cogió un local en traspaso y a pesarq eu se garantizaba la licencia el local no puede funcionar.
Presento querella penal y allí estamos, primera declaración y declaración del querellado etc.
El querellado presenta un segundo contrato que no es de traspaso sino de subarriendo y he pedido la comprobación de la firma de mi cliente.
De toda forma el querellado actúo (cuando supo de la querella) por acción de desahucio por via civil. La acción no fue notificada correctamente a mi cliente porque no hay constancia de ello (se notificó a un local que la parte querellada creía que era de propiedad de mi asistido. En el jucio verbar de desahucio no estimó el desahucio (porque mi asistido no se presentó). En virtud del contrato (falso) presentado por el querellado.
Preparé la apelación para que luego en el escrito de apelación pida la prejudicialidad penal y además presenté el contrato de traspaso.
El juez me contesta que mi cliente tiene que pagar las rentas, porque la apelación lleva aparejada el pago de las rentas vencidas.
Bueno no se trata de un subarriendo ¿que hago?
¿Presento recurso (deposito los 25€ y con la preparación de la apelación ya son 75€) en contra del auto del juez que me pide el pago de la renta comunicando la prejudicialidad penal?
¿O presento en las diligencias que se están llevando a cabo en la instrucción penal que se suspensa la sentencia civil por prejudicialidad penal.?
¿ALgunas ideas?
Gracias a todos por vuestra colaboración. Muchas veces las opiniones y los consejos de los demás nos ayudan en nuetro trabajo.