Pues , aunque la apelación es civil, existe un precedente de la sala de lo penal del Tribunal Supremo, por el que se condenó a dos padres por ejercicio inadecuado de la patria potestad, en lo referente a desatención de deberes de asistencia sanitaria, sin desatención del resto de obligaciones ligadas a la custodia.
Quizás cabría entonces la casación.
¿Iría directamente al Supremo, o pasaría por el TSJ ?
1.- Recurso extraordinario por infracción procesal, SÓLO si ha existido denuncia previa (de la infracción) en 1ª o 2ª instancia.
2.- Recurso de Casación, SÓLO cuando la sentencia de la Audiencia se oponga a doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo o resuelva puntos y cuestiones sobre los que exista jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales o aplique normas que no lleven más de cinco años en vigor, siempre que, en este último caso, no existiese doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo relativa a normas anteriores de igual o similar contenido.
No se trata de cuantía alguna, ni de derechos constitucionales, a menos que invoquemos los derechos del menor. Se trata de un asunto de familia, en el que en primera instancia se da por acreditada vulneración del principio de patria potestad compartida, aunque se desestiman mis pretensiones de ejercicio exclusivo de patria potestad en materia de salud, que solicité por haber decidido la madre una intervención quirúrgica no urgente de alto riesgo en mi hija menor, sin informarme previamente ,ni obviamente mi autorización.No sólo yo me opuse (una vez ya hecha) , sino que no dió ningún resultado y,al contrario,han quedado secuelas.
Si se vuelven a desestimar mis pretensiones, ¿hay posibilidad de elevar recurso a una instancia superior?
estoy esperando un fallo en apelacion de la Audiencia Provincial en un asunto de familia.¿ Esta resolución podría todavía recurrirse a una instancia superior?