si la sentencia de la Audiencia confirma íntegramente la sentencia del juzgado, deberá pagar desde la fecha que diga la sentencia del juzgado las cantidades que diga esa sentencia en la forma que diga esa sentencia (es decir, como si nadie hubiera recurrido la sentencia del juzgado)
hola Marianos decirte que debes de obonar la pesion de alimentos todos los meses,cuando la audiencia se pronuncie y desde el momento que ud la recibe es cuando varia si hay variacion,piense que sus hijos comen y tienen gastos igualmente tarde lo que tarde la audiencia.un saludo
MENSAJE:
Necesito saber si la sentencia de la audiencia provincial anula(retrasa )la sentencia en primera instancia, ya que hace 5 meses en primera instancia me pusieron una paga para pensión por alimentos a mis hijos (soy padre divorciado), apelé y la audiencia provincial confirmó esa paga. Mi pregunta es.........en esos cinco meses entre una sentencia y otra debo pagarlos o empiezo a pagar a partir de la fecha de la sentencia de la audiencia provincial ya que el abogado de mi ex mujer me lo ha reclamdo.
Muchas gracias