Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

señalización de compra de una vivienda.

1 Comentarios
 
05/06/2007 15:04
Existen 3 tipos de arras (señal); dependiendo de la intención de las partes, y del encaje del tipo efectivamente elegido, podrá actuarse de una forma o de otra.

Por ello le aconsejo acuda a un abogado para que estudie el contrato suscrito y le asesore en su concreto caso.

Salu2
Señalización de compra de una vivienda.
05/06/2007 10:58
Hace 4 meses, mi pareja y yo decidimos comprar un piso. Encontramos uno con un precio muy bajo y, sin pensarlo dos veces, notificamos a la immobiliaria nuestra intención de dar una señal. Quedamos con el propietario a mediados de febrero para entregar los 3000 euros de señal, pero el mismo día de la entrega, media hora antes de la hora en que habiamos quedado, se nos informa de que la persona que ha puesto en venda el piso no es en realidad el propietario del mismo sino su hijo, ya que el propietario había fallecido unos meses atrás, y que el piso no podía ser vendido hasta que fuese registrado a nombre de una sociedad formada por los hijos y la esposa del difunto, sociedad que en el momento en que nosotros vimos el piso por primera vez, ni siquiera se había creado. Asi pue, retrasamos la señalización, a riesgo de perder el piso si alguien les ofrecía más dinero, hasta tener los papeles arreglados. Al cabo de un mes, el 6 de marzo, señalizamos finalmente y nos informaron que las escrituras ya estaban inscribiendose en el registro mercantil, de allá pasarían al de la propiedad y en un mes como mucho podríamos dsponer de la vivienda, pero nada más lejos de la realidad.: por un error del propietario, el registro mercantil devolvió las escrituras para que les fuera incorporado un derecho de paso que no constaba en ellas o no lo hacía de forma correcta (son propietarios de todo el edificio), así que, por segunda vez, la desidia del propietario nos hizo padecer un retraso en el proceso. Luego, en abril, nos dijeron que ahora sí, por fin, estaban ya los papeles en el registro mercantil y que iban a pasar al de la propiedad en breve, cosa que finalmente sucedió el 8 de mayo. Bien, estamos a 6 de junio y, aunque en la immobiliaria nos dijeron que el plazo legal para inscribir algo en el registro es 15 días, seguimos sin piso, y como lo necesitamos ya, ayer llamamos al propietario y le dijimos que no podíamos esperar más y que preferíamos no comprarlo y, puesto qe todos los fallos en el proceso y el consecuente retraso en la firma de la compra venta se han debido siempre a errores o negligencias suyas, le pedimos que nos devolviera los 3000 euros de señal, considerando que no es que nos echemos atrás injustificadamente, pero él se niega a devolver el dinero y dice que eso le suena a broma, como si le hubieramos estado tomando el pelo. Yo sé que éticamente debería devolver el dinero, pero legalmente supongo que puede negarse a hacerlo ya que somos nosotros los que nos echamos para atrás, pero quisiera saber si hay algun modo de obliarle teniendo en cuenta todo lo que he expuesto anteriormente o si realmente es que hemos sido unos ingenuos al fiarnos de un tipo como ese.

Muchas gracias.