Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Señal en alquiler de vivienda.

4 Comentarios
 
24/03/2014 12:18
La regulación del código civil así como de la LAU sobre arrendamiento no establece ninguna previsión en cuanto a las arras para este tipo de contratos. Sí lo establece para las Compra-ventas.

Es cierto que el que la ley no lo contemple no impide que las partes lo negocien. Además para apreciar el efecto de las arras éste debe estar expresamente definido. No hay ni acuerdo por escrito sobre ello, ni se establecía en el contrato de arrendamiento nada sobre las arras, además de que el mismo contrato ni siquiera fue firmado.

Esta es mi opinión como profesional.

PD: Debe usted considerar los pros y los contras de no devovlerlas, puesto que pueden acudir a la vía judicial y es un tercero el que decide. Gastos y demás que va a ocasionarles. Considere si merece la pena. Si hubiera un contrato por escrito debidamente firmado por las partes en el que hubiera previsión expresa sobre las arras, yo le aconsejaría que no las devolviera, pero en este caso veo muy difícil sustentar esa posición.
24/03/2014 11:19
Gracias por las respuestas, pero quisiera hacer algunas consideraciones.
- La señal, entonces, ¿solo tiene obligaciones para mi? ninguna para el? entonces qué objetivo tiene, si para una de las dos partes no supone obligación alguna.
Supongo que legalmente una señal de arras, independientemente de quien la solicite o entregue, supondrá una serie de obligaciones para ambas partes.

- Esta persona en todo momento ha estado informada de las dimensiones, caracteristicas, mobiliario, etc. del piso, además de las fotos. Alegar ahora que un piso de esas dimensiones y nº de dormitorios no le viene bien, no lo veo de recibo, ya que lo sabia todo de antemano.

- Entiendo que es independiente que el piso me cueste más o menos trabajo alquilarlo. Varias personas se han interesado, al igual que ahora puedo llevarme varios meses sin que nadie se interese.
24/03/2014 10:20
Considero que tiene el deber de devolverle la señal al "inquilino frustrado". En primer lugar, porque por lo que cuenta intuyo que no firmaron ningún contrato de alquiler ni contrato de reserva de la vivienda para alquilar. En segundo lugar, también lo intuyo, ustedes no hablaron previamente de ninguna señal, sino que fue un ofrecimiento voluntario del futuro inquilino. Además, si hubieron varias personas interesadas con posterioridad, considero que no le contará arrendar la vivienda (si es que no la tiene arrendada ya). Creo que es mejor que la devuelva, pues no le va a suponer una gran ganancia, sin embargo sí puede suponerle problemas en el futuro si el inquilino en cuestión quiere reclamársela judicialmente.

Cosa distinta sería que ya hubieran firmado el contrato de alquiler y finalmente el inquilino no hubiera querido quedarse en la vivienda, entonces podríamos discutir.

Saludos,

AR.Abogada, Alicante.
24/03/2014 09:10
Buenos días Edelwais,

Mi respuesta no es legal, sino más bien moral. Primero de todo que yo hubiera ido a ver el piso antes de dar nignuna señal, fallo del inquilino, sobre todo si tiene a una persona en la misma ciudad que usted.

Pero sinceramente, si ahora al familiar le parece pequeño (por las fotos, porque yo he buscado piso y si, las fotos engañan en algunas ocasiones, no digo la suya), moralmente le devolvería la fianza. Contacte con las personas que estaban interesadas e intente ofrecerles un plus o un descuento si se lo quedan.

Creo que ha sido un fallo del inquilino, por no cerciorarse de un piso antes de dar la señal, pero si no va a residir en él, usted verá si le compensa o no quedarse con esa señal.

Un saludo!!
Señal en alquiler de vivienda.
24/03/2014 00:46
Tengo un piso en propiedad que voy a alquilar. Una persona de otra ciudad se ha interesado, le he enviado el contrato por mail para que lo vea, y unos dias despues me ha hecho una transferencia en concepto de señal o de reserva para que no se lo alquile a nadie.
Le he explicado perfectamente las caracteristicas del piso, además en el anuncio también estaban y muchas fotos.
Un familiar ha ido a verlo, y ahora dice que no lo quiere porque es pequeño, y quiere que le devuelva la señal.
Pienso que no tengo que devolversela, ya que en esos dias varias personas estaban interesadas pero les dije que no, que estaba reservado.
Pero quisiera fundamentarle la no devolución legalmente.
¿ en qué base legal debo acogerme? En qué ley o donde viene? Gracias.