Si queremos ejecutar una sentencia condenatoria en Italia, por ejemplo, y el tribunal nos pide "título judicial revestido de fórmula ejecutoria", ¿se puede pedir al juzgado español que ponga un sello en la copia de la sentencia atestando que esta es firme?
Si no, ¿cómo demostramos fuera de España que la sentencia española es firme y que se puede despachar ejecución?
En realidad, no hay sentencias ejecutivas, sino tan solo declarativas. En la ejecución, el Letrado de la Administración de Justicia dicta un Decreto y el Juez dicta un Auto. Sencillamente, se declaran embargados los bienes que haya designado el ejecutante, y se le otorgan a este 10 días para oponerse a la ejecución. Pero la misma se llevará a cabo sea cual sea la postura del ejecutado. La ejecución no es una interlocución que termine en sentencia, sino el conjunto de medios para hacer efectiva una sentencia. Su naturaleza, por tanto, es firme.