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seguros

1 Comentarios
 
30/03/2014 18:21
Con los datos aportados, y a falta de otra información, le indicamos:

1. Si el suceso es anterior a la finalización de la vigencia de la póliza, y usted ha dado cuenta oportunamente, en principio -aunque no renovase la póliza- le debería cubrir el daño.

2. Durante el periodo que dure la reparación de la obra, usted debe estar dado de alta. Si se da de baja, la aseguradora le reparará los daños pero pudiera llegar a negarse a pagarle por el paro forzoso.

3. Una vez reparada la obra, usted puede darse de baja en la actividad.

Para cualquier consulta, no dude visitarnos en:
https://www.facebook.com/pages/Bañuls-González-Asociados/476869895751753
Seguros
07/03/2014 13:34
mi seguro va a hacerse cargo de una obra en mi comercio, debido a una averia ajena a mi local, me aseguran que por paro forzoso de actividad me abonarán una cantidad por día; tengo pensado cerrar definitivamente mi negocio una vez hayan concluido la obra; Tengo derecho igualmente a dicha indemnización aunque no renueve la póliza? ¿debo seguir dada de alta para poder cobrar por este incidente? o entra dentro de la póliza pagada de este año?mi contrato con ellos vence en mayo y la obra se realizará ahora en marzo