Cuando se constituye un seguro de ese tipo se designa beneficiario, que en este caso es su mujer, pero al estar discapacitada, ha de tener alguien designado para administrar sus bienes bien sea en cuartela o tutela.
Busquen el juzgado de incapacidades en su localidad a través del Colegio de Abogados, para que el Juez resuelva si no han resuelto entre la familia.
En principio el importe del seguro es exclusivo para el o los beneficiarios expresamente designados.
Mi tio ha fallecido sin hijos, y ha dejado un seguro de renta vitalicia a su mujer que tiene demencia senil (tenían régimen en gananciales ), en el testamento nos deja a los sobrinos como herederos , ya que todos sus hermanos han fallecido.Los sobrinos de la viuda reclaman el seguro vitalicio como herederos el día que ella fallezca.
Mi pregunta es, ¿ a quien correspondería el dinero de ese seguro , a los herederos de él o a los de la viuda , o bien si correspondería la mitad a cada parte?.
Gracias de antemano.