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Seguros de ayuntamientos

4 Comentarios
 
Seguros de ayuntamientos
28/07/2011 09:52
Hola,he abierto este hilo sobre los seguros de los ayuntamientos para tener más conocimientos sobre qué cubren,que pasa si no se está pagando.....

Bueno mi pregunta es, si han concedido el INSS una incapacidad total para un trabajo determinado,pero el ayto,opta por cambiarle a otro compatible,sin cambios en nada,solo un decreto sobre el cambio,sigue con el mismo contrato desde 10 años,con diferencia de estar cobrando tambien una pension de incapacidad,que el convenio cubre con una indemnizacion por inacapacidad total.
-Puede pedir la indemnización si está trabajando y cobrando una pensión...?
-Le perjudica al ayto este pago indirecto de su seguro?
-Perjudicaría en su sitaución laboral?
ESPERO SUS RESPUESTAS,GRACIAS
28/07/2011 12:27
No nos podéis ayudar...?
28/07/2011 15:56
lo intentamos, pero sin agobios que nadie nos paga...
1 - si el convenio así lo estableci, sí puede pedir la indemnizacion a la compañia de seguros, y a cualesquiera otra con la que tenga una poliza particular.
2 - le da igual
3 - pues no

Se recuerda la obligatoriedad de comunicar al INSS el cambio de puesto de trabajao, para que valoren si es compatible con las lesiones y totalmente distinto a la antigua profesion habitual.
29/07/2011 08:33
Disculpa archilla mi impaciencia,,pasaba de largo y pensé que las preguntas quedarían en el olvido...
Gracias por sus respuestas tan esperadas.
Se le preguntó al INSS si necesitanban certificado del nuevo trabajo,dijeron que si no lo han solicitado es que no es preciso,entiendo según dijeron que ellos fueron los que solicitaron el cambio de puesto de trabajo.
-Por otro lado,hay fecha límite para solicitar la indemnización?
-Quien lo solicita,la empresa o el trabajador?
-Qué procedimiento lleva?
Si le empresa no paga los seguros,por temas de crisis,pero estan activos,no se puede solicitar?
A los dos años es revisable la incapacidad,pero eso lo solicitan el INSS o el trabajador?
Perdone si me salgo de contexto,si pueden me contestan y si no,no pasará nada lo intentaré por otro hilo...
Gracias a todos los que estáis ayudando a tanta gente con este foro.
29/07/2011 20:33
muchas preguntas sin orden ni numeracion....

- fecha: las indemnizaciones por seguros las puedes exigir hasta 4 años del hecho causante
- lo solicita el beneficiario, el trabajador en este caso
- el fijado por la compañia: solicitud en su impreso y copia de la documentacion que te pidan
- si la empresa no paga los seguros estos NO están activos. Entonces hay que denunciar en el juzgado de lo social a la empresa por incumplimiento de Convenio Colectivo, si el seguro asi estaba establecido.
- las incapacidades son revisables, bien prque las quiere revisar el INSS o bien porque el trabajador lo pide (por mejoria o agravamiento)


Te recomiendo que realmente te quede claro que deberias informar al INSS del nuevo puesto de trabajo, por si acaso...