Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Seguro previsión social colectiva

0 Comentarios
 
Seguro previsión social colectiva
06/04/2017 18:51
Buenas tardes.
Va a hacer 4 años me acogí a un ere de extinción de contrato. Fui 2 años al paro y luego la empresa suscribió con una entidad bancaria un seguro de Previsión Social Colectiva para pagarnos durante 2 años la Seguridad Social. De estos 2 años solo hice uso de uno, pues al cumplir los 61 años solicité la jubilación de la que estoy disfrutando. La entidad bancaria ha seguido ingresándome el otro año acordado con la empresa.
A la hora de solicitar el borrador del IRPF, veo que en los datos fiscales no figura ese ingreso y la entidad tampoco me ha enviado ningún documento para que lo incluya en la declaración.
He estado buscando por internet y creo haber sacado en conclusión que ese dinero, dado el carácter con el que fue creado, no debo tributar por él.
Les rogaría si es que está en su mano, me aclararan si debo tributar por él o no.
Muchas gracias por su atención
Alberto Verziano