Tenia pensado ir el viernes a hacer la inclusión de ella en mi cartilla de la Seguridad Social pero creo que no le darán tarjeta sanitaria por eso porque el papel que le dan inicialmente es de 90 que hago??
Me acerqué hoy a una Administración de la Seguridad Social a solicitar un documento acreditativo de hallarse cubierto por el Seguro Escolar y se me quedarón viendo como si estuviese hablandoles en mandarín. Me dijeron que eso no existia, que básicamente como funcionaba la cuestión es que cuando la persona precise asistencia sanitaria y eso esté dentro de los supuestos que cubre el Seguro Escolar, una vez que la persona sea atendida, etc. tendrá que acercarse a la Administración de la Seguridad Social a efectos de solicitar las prestaciones que pudieran dar a lugar, y que le pedirian documentación al respecto sobre esa asistencia (diagnósticos médicos, facturas, etc).
Otra cosa, me dicen que no cubre "enfermedad común", o sea que no puede ir a un centro de salud si tiene gripe o fiebre por ejemplo.
Y por supuesto, que no se puede pedir la tarjeta sanitaria por el hecho de tener "Seguro Escolar".
Como me quedé con la duda, llamé posteriormente a un número gratuito de la Seguridad Social para informarme, y básicamente me dijeron lo mismo que me dijo esta persona en la oficina de la SS a la cual acudí, que no emiten tal cosa como un certificado acreditativo de hallarse cubierto, que en tal caso eso lo podría demostrar la persona (segun ellos) con la matrícula de la universidad, y que en teoría eso tampoco cubre enfermedades comunes sino accidentes que se dieran parte en el centro de estudios o por la realización de alguna práctica de la persona en su condición de estudiante (practicas, etc).
Como comprenderá estoy bastante confundido, pregunté también si era posible que si yo la afiliaba a ella a mi cartilla de la Seguridad Social como beneficiaria, y al momento de efectuar la afiliación ella no tendría el NIE en vigor sino un resguardo de la cita, como ellos me dijeron que me entregarian seria una hoja con la cual podria la persona precisar asistencia sanitaria en caso de necesitarla pero que la validez de la hoja es de 90 dias (hasta que la persona tenga la tarjeta renovada y la lleve) si con esa hoja provisional podia solicitar la tarjeta sanitaria me dijeron que no. Que solamente una vez ella llevara su documentación en vigor es que se podría emitir la tarjeta.
¿Será que no hay salida en este caso mas que comprar un seguro privado?
Para poder obtener este documento acreditativo de poseer el Seguro Escolar, me pedirán que el NIE esté en vigor?
La duración de este seguro, sería por la duración del curso (en su caso de septiembre a junio) o por la caducidad de su tarjeta de estudiante?
Entiendo que para poder solicitar la tarjeta sanitaria individual ella tendría que tener un número de la seguridad social. Con el Seguro Escolar se lo asignan?
Hola. Sí, el Seguro Escolar sirve, porque la cobertura es prácticamente la misma que tiene cualquier estudiante español: atención sanitaria, hospitalización e incluso hay una cobertura económica para el caso de que por infortunio familiar, el estudiante se vea en la necesidad de suspender sus estudios y no los pueda terminar cuando correspondía.
El Seguro Escolar es un tipo de seguro del régimen general de la Seguridad Social. En la matrícula de la universidad deben haberle cobrado la cuota.
Tiene que tener presente que si hay constancia de que el estudiante extranjero ha pagado por su Seguro Escolar, está cubierto por él. Debe dirigirse a la Administración de la Seguridad Social, con la documentación de la matrícula de la universidad, a solicitar que se le expida documento acreditativo de hallarse cubierto por el Seguro Escolar. Cubre a todos, españoles y extranjeros, comunitarios y extracomunitarios, que cursen estudios en España, sean menores de 28 años de edad y hayan pagado la cuota.
Luego, la tarjeta sanitaria individual, la expide la Comunidad Autónoma, sobre la base de cualquiera de los supuestos de acceso; uno de ellos es el estar afiliado a uno de los regímenes de la Seguridad Social ... y el Seguro Escolar, es uno de ellos.
Si ella va y se declara como persona sin recursos para que le asignen un número de Seguridad Social y posteriormente va y solicita la tarjeta, cuando ella vaya a acreditar que posee seguro médico público ante extranjería, no saldría en la hoja que le dan en la seguridad social el que esta dada de alta como persona "sin recursos"?
No afectaría esto a su resolución? en el sentido de que diga que no la ven "solvente" como para renovarle su autorización de estancia.
El seguro escolar es contra reembolso? pudiera ella acreditar ante la policia este seguro escolar como seguro medico publico? es suficiente?
Según leo en el Reglamento de la Ley de Extranjería, dice que se debe contar con un seguro médico privado o publico que cubra al estudiante en las mismas condiciones que a todos los espanoles. Por eso no se si el escolar serviria.
Perdone tanta molestia, pero de verdad nos tiene bastante preocupado este tema, muchas gracias por su paciencia.
En la Comunidad de Madrid existe, en efecto, la posibilidad de que se solicite como persona sin recursos. Pero para probar esto, basta con un certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si la persona no tiene rentas de fuente española, quedará acreditado que es una persona sin ingresos y se cumpliría el requisito.
La competencia en materia de Extranjería es de la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno. Se resuelve por el mérito de la documentación aportada y obrante en el expediente, más los documentos que deban recabarse de oficio preceptivamente (certificado de antecedentes penales al Registro Central de Penados y Rebeldes, del Ministerio de Justicia y certificados de antecedentes policiales a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil). Los documentos deben probar suficientemente que la persona cumple con los requisitos para la prórroga.
Por otro lado, si la persona está matriculada en una universidad española y en la matrícula le han cobrado (como normalmente cobran) la cuota del seguro escolar, tiene derecho a que se le reconozcan las prestaciones, ya que el seguro escolar se reconoce a los estudiantes españoles o extranjeros, menores de 28 años, que estén matriculados cursando estudios de los enumerados en la normativa (entre los que se incluyen los posgrados y doctorados) y hayan abonado la cuota; todos tienen los mismos derechos y la atención debe prestarse en las mismas condiciones.
Le paso la ruta hacia la información de la página web correspondiente. Su novia tendría, en todo caso, que revisar sus documentos de matrícula en la universidad y constatar que le han cobrado el importe del seguro.
Si eso lo se, pero como le comenté en los posts anteriores el problema es que para poder solicitar la tarjeta sanitaria me exigen que la persona este dada de alta en la seguridad social. Para ello, pensé que la mejor forma sería incluirla a ella como beneficiaria de mi cartilla puesto que yo estoy trabajando, sin embargo uno de los requisitos que me dicen en la Oficina de la Seguridad Social a la cual acudí, es que en el caso de extranjeros, el NIE debe estar en vigor y para el momento que podamos hacer la inclusion, su NIE va a estar caducado (porque caduca el 9 de septiembre pero tenemos cita para presentar la renovación el 29 de noviembre), y que entonces lo que harían sería que la incluirían pero solo le darían una cobertura por 90 días prorrogales hasta que ella mostrara su tarjeta en vigor y ahí si le harían su tarjeta sanitaria.
Como comprenderá, el problema acá es que para poder presentar la tarjeta renovada ante la SS y por ende le den la tarjeta sanitaria, tiene que estar renovado segun dicen ellos, y para renovar, necesito acreditar seguro publico, como comprenderá es una cadena, entonces no se como proceder en este caso.
Por otra parte, he escuchado lo de que se podría solicitar el número de la seguridad social alegando que uno es "extranjeros sin recursos", sin embargo esta figura pienso que tiene 2 grandes contra para la situación en la cual se encuentra mi novia (permiso de estudiante):
1.- Tengo entendido de que cuando uno se inscribe como persona sin recursos, la cobertura del seguro publico no es igual a la de alguien que este cotizando o en su defecto como beneficiario, por ende no se si les parecería insuficiente a la policia al momento de evaluar la documentación.
2.- Como uno de los requisitos para renovar como estudiante es el acreditar solvencia económica, al declararse ante la seguridad social como "persona sin recursos", no sería esto una contradicción? ellos podrían alegar de que la persona entonces no es ni siquiera lo suficientemente solvente como para garantizar un seguro de enfermedad no?
Por último, ella tiene 25 años, y entiendo que por ley todas las personas menores a 28 años en la matrícula deben pagar lo que llaman el seguro escolar, aunque no se bien en que consiste. Esto podría servirle a ella a efectos de demostrar seguro de enfermedad?
Le agradezco la orientación que me pueda dar, a fin de ver si existe alguna manera en la cual podamos evitar el tener que gastar en un seguro privado de enfermedad.
Hola. La tarjeta sanitaria individual de la Comunidad Autónoma es prueba suficiente de que la persona cuenta con un seguro de enfermedad público.
Debe tenerse presente que la Seguridad Social no se agota en la prestación sanitaria. E igualmente, que los Servicios Sanitarios no atienden exclusivamente a los afiliados que coticen a la Seguridad Social: también atienden a las personas que están cubiertas por la Seguridad Social de otros países, por ejemplo (cuando hay convenio internacional al respecto) o cuando se trata de personas que no cuentan con recursos económicos suficientes (aunque no estuvieran afiliados, ni coticen, ni hayan cotizado jamás a la Seguridad Social). Y además, los extranjeros empadronados en España, como lo establece la Ley de Extranjería.
La información sobre la manera de obtener la tarjeta sanitaria individual en la Comunidad de Madrid la tiene en la siguiente ruta, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Servicio Madrileño de Salud:
He ido a Mapfre y Sanitas, y el problema es que tengo que renovar la autorización en septiembre y dicen que no hacen seguros para marzo, porque sería de marzo a septiembre. Me dicen que tiene que ser desde octubre a diciembre de 2012 que no se puede desde marzo. Yo también pensé que se podría, pero al no ser desde este mes, o desde octubre me dicen que no se puede...
MinotauroBJJ, si sabes de algún sitio que me lo dejaría contratar desde marzo, dígamelo por favor...que en dos lugares me han dicho que tiene que ser todo el año. Yo intenté hacerme la tarjeta sanitaria de la seguridad social, pero me dijeron que en calidad de estudiante, con ese visado no se podía...al menos aquí en Madrid. Gracias!
Hola Minotauro, a mi me han dicho que tengo que sacar un seguro particular que me cubra los meses restantes, a mi me quedan 6 por cubrir de la renovación (ya que mi beca me dura de octubre a marzo)..asique he tenido que ir a preguntar precios, y como mi autorización de estudiante la tengo que renovar ahora en septiembre y el periodo que me queda por cubrir es desde marzo, al final tienes que pagar todo el año de seguro...porque no se puede hacer un seguro que cubra desde otro mes que no sea octubre...no queda más remedio...espero que tú tengas más suerte!
Entiendo lo que me explica sobre la situación específica de Catalunya. Nosotros vivimos en Madrid y cuando fui a la oficina de la Seguridad Social a preguntar para incluirla a ella, me dijeron que ella al tener su NIE vencido, ellos la podian afiliar a mi cartilla como beneficiaria pero lo que le daban era una cobertura inicial de 90 dias hasta que ella mostrara su NIE en vigor ( es decir, renovado ).
Entonces como le explique antes, es una situacion donde el perro se "muerde la cola", porque si presento con su solicitud de renovación de estudiante, ese documento que apenas cubre 3 meses, me lo van a denegar automaticamente porque no cumple todo el año.
Hola. La normativa establece que el seguro médico puede ser público o privado. Y esto, por una cuestión de coherencia interna del sistema, dado que en la Ley de Extranjería se establece que todo extranjero empadronado en España tiene derecho a la asistencia sanitaria pública. Por eso, por ejemplo, aquí en Cataluña, el año pasado se aprobó la Ley que específicamente establece que en atención a lo dispuesto en la Ley de Extranjería, los extranjeros empadronados en cualquier municipio de Cataluña tienen derecho a la asistencia sanitaria a cargo del Servei Catalá de la Salut; a estos efectos, es irrelevante tanto la situación del extranjero en España, como si está o no cotizando a la Seguridad Social. Y, en efecto, tanto la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, como el Departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat de Cataluña (con competencias en Extranjería), aceptan la tarjeta sanitaria individual del Servei Catalá de la Salut, como medio de prueba de que el extranjero dispone de seguro médico.
En otras Comunidades Autónomas exigen acreditar algún requisito peculiar para poder acceder a la tarjeta sanitaria (por ejemplo, no disponer de recursos económicos suficientes o no estar cubierto por otro seguro médico).
No se exige seguro de repatriación, solo seguro de enfermedad público o privado.
Mucha gracias Condedecartajena, tengo 29 años y mi beca del doctorado es por unos meses, en concreto 6, me quedarían otros 6 meses por cubrir con un seguro privado que deberé contratar, aunque me he informado, y te hacen pagar el año entero del seguro para renovar la autorización de estudiante, ya que por no se puede hacer un seguro por ejemplo desde abril a septiembre. Me gustaría saber, como bien dice, el chico del anterior comentario si es necesario también que tenga repatriación al contrartalo.