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seguro hogar - rc daños por agua

3 Comentarios
 
19/11/2014 21:15
no sabiamos de donde venian los daños y primero se dio parte pensando que era comunitario. cuando nos dijeron que no entonces se dio parte a su seguro y al mio, y cuando le vino la respuesta, tenemos amistad y nos enseño lo que le contestaban. mi vecino se ha hecho cargo de todo, y entendemos que no cubran lo del pero lo mio? ademas un abogado que vive en la comunidad nos ha comentado que este tipo de exclusiones tienen que venir en las condiciones particulares y tienen que estar firmadas, es correcto?
19/11/2014 16:34
Ese no es su problema.
La cuestión es que su vecino, tiene que responder ante usted por los daños ocasionados.
Sea él o su seguro, a usted le tienen que reparar los daños.
¿Como ha accedido usted, a las condiciones de la póliza de seguro de su vecino?.
19/11/2014 15:56
En el caso de que el tubo dañado, corroído este visible, y desentendido por su propietario, es motivado por falta mantenimiento. Si el tubo está oculto, el seguro lo debe cubrir, así como los daños que produzca tanto al asegurado como a terceros. Presente una queja en la atención al cliente de su aseguradora. En muchas ocasiones, se rechazan los siniestros por la poca profesionalidad de los agentes.
Seguro hogar - rc daños por agua
19/11/2014 13:09
Buenos dias:
Mi vecino de arriba tiene contratado un seguro multirriesgo de hogar con una entidad de seguros.
Dentro de las garantías contratadas y dentro de las Condiciones Generales, se encuentra la denominada
responsabilidad civil derivada del inmueble. En las Condiciones Generales se establece el siguiente
objeto: “queda garantizada la responsabilidad civil extracontractual en que pueda incurrir el asegurado,
como consecuencia de los daños materiales y/o corporales causados involuntariamente a terceros por
hechos que se deriven del continente de la vivienda asegurada”.
A continuación del objeto las Condiciones Generales recogen una serie de exclusiones entre las que se
encuentra la siguiente: “quedan excluidos los daños ocasionados por falta de mantenimiento o
conservación de la vivienda asegurada”
Esta exclusión tan sólo aparece redactada en las condiciones generales de la póliza, pero no aparece
recogida en las condiciones particulares ni en ningún otro tipo de documento anexo a las Condiciones
Generales.
Se produce un siniestro (daños por agua) debido a una falta de mantenimiento de una tubería que
ocasiona daños al piso vecino (en este caso soy yo)
La entidad de seguros rechaza el siniestro por entender que se trata de una exclusión contenida en las condiciones generales de la póliza
Es correcta la forma de actuar de la entidad aseguradora?