Buenos días. Mi consulta es la siguiente: ¿Puede una compañía de seguros dar de baja, de forma unilateral y sin comunicarlo por ningún medio al tomador, una póliza del hogar y de defunción que es un todo, por enfermedad crónica del tomador y, además, seguir cobrando los meses posteriores a la fecha de la presunta baja?. Agradeceré cualquier aportación al respecto.
En principio no puede, salvo que se hayan dejado de abonar las primas o que la información suministrada al celebrar el contrato fuera inexacta, aunque en este último caso, debe comunicar al tomador su intención de rescindir el contrato. No obstante, el seguir cobrando la prima les puede obligar a seguir vinculados al contrato.
Gracias por su aportación. Yo también creo lo mismo. No han comunicado nada ni al tomador ni a sus posibles herederos, no hay información inexacta en el contrato, hay un recibo impagado del cual no han informado tampoco a nadie, dieron de baja la póliza con la misma fecha del contrato pero a posteriori y, encima, han cobrado las primas siguientes como si tal cosa. El tema ya está en manos del defensor del cliente y del comisionado para la defensa del asegurado. A ver qué sale de todo ésto, pero, en principio, me parece sospechoso, como mínimo.