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Seguro Empresas

6 Comentarios
 
18/03/2010 18:27
Artículo 26. Seguro colectivo de accidentes.

La Empresa suscribirá una póliza de Seguro Colectivo de Accidentes, Laborales o no, que cubrirá las 24 horas de los 365 días del año. La póliza responderá a las existentes en el mercado de seguros de accidentes individuales basadas en el derecho común. Se tomará como base:

Por muerte 45.000 €

Por invalidez permanente (absoluta para cualquier profesión, total y parcial para la profesión habitual y gran invalidez) 58.000 €


Esto es la parte de mi convenio donde habla de ello.

Gracias
18/03/2010 18:24
El convenio lo tengo, pero publicarlo aqui me da cosa.
18/03/2010 18:22
Yo trabajo en un club del mundo del automovil. Sufri acoso laboral, dos depidos y gane todas las sentencias. Pero no me reconocieron los daños morales. Te lo agradezco mucho
18/03/2010 18:14
¿en que trabajas? mas que todo por si podemos encontrar tu convenio y ver que dice
18/03/2010 18:14
Es que a mi me van a dar una incapacidad permanente absoluta, por esclerosis multiple y depresión, pero todo vino causado por la empresa, la depresión, entonces nose si me puedo beneficiar
18/03/2010 18:09
Hombre.....todas todas no se,...esos seguros vienen establecidos en el convenio de aplicacion y por los "beneficios" que tu dices, por poner un ejemplo, el convenio de construccion de mi provincia establece indemnizaciones para casos de muerte derivada de enfermedad comun o accidente no laboral, muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional en las cuantias que establecen para cada año y para casos de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional en las cuantias tambien establecidas en el convenio.....Yo espero no "beneficiarme" nunca de uno de esos seguros, mala señal sera.
Un saludo
Seguro empresas
18/03/2010 17:52
Hola a todos/as. Me comentaron que todas las empresas tienen un seguro. En que casos el trabajador se beneficia?

Gracias