Creo que sí puedes reclamarlo. Ponte en contacto con un abogado experto en derecho de la circulación y seguros, y lo que pactes con él, en relación a los nuevos honorarios que se generen, hazlo por escrito.
Tengo una duda que me gustaría que alguien me resolviese. Sufrí hace 4 años un accidente de tráfico del qeu sufrí lesiones graves en un brazo. La cuestión es que ante la pasividad de mi compañía de seguros me decidí a contratar a un amigo abogado, quien se comprometió a cobrar sólo hasta el límite de la cobertura fijada en la póliza, esto es 1.500 euros.
Finalizado el procedimiento, y cobradas todas las cantidades (entre ellas casi 3000 euros por el juicio de faltas y que se ganaron en concepto de costas y que ya se le han pagado,etc...), ahora me gira otra minuta por 3.800 euros por el resto de actuaciones, obviando el pacto que teníamos y que dada la gran amistad que nos unía no formalicé por escrito.
No quiero armar líos judiciales ni a nivel colegial con vuestro compañero, así que me he decidido a abonar la minuta pese a la falta de honradez personal del mismo. Pero... ¿Puedo reclamar a la Cía la totalidad de la minuta?. Me han dicho que si no he firmado la cláusula limitativa de cobertura expresamente (creo recordar que ni siquiera firmé las condiciones particulares que me enviaron por correo), la jurisprudencia y la ley obligan a la compañía a abono en su totalidad. ¿Es esto así o no me queda más remedio que aceptar el límite de cobertura?. Gracias