Hola, deseo formular una consulta con respecto al seguro de vivienda.
Soy inquilino de un piso, el cual, por parte del propietario ya tiene el continente.
Yo he estado pagando varios años un seguro del hogar, pero he estado mirando otros presupuestos y he decidido cambiar de compañía.
En tal seguro, parte es de continente y la mayoría de contenido... Y al venir el inspector de mi compañía y decirle que deseo darme de baja, me ha dicho que si no aviso con dos meses de antelación del vencimiento de la póliza, me pueden reclamar el importe.
Ésta vence el día 29 del presente, y he decidido seguir adelante con el cambio ya que ellos no me han mandado ninguna carta comunicándome el nuevo importe y además ya me lo habían cobrado el día 22, con siete días de antelación.
¿Hasta qué punto esta cláusula de los dos meses es legal?
¿Cómo puedo yo rebatir tal asunto?
Gracias
Generalmente esa cláusula viene en el contrato del seguro.
A mi me pasó lo mismo con Catalana Occidente, quise dar un seguro de baja y me dijeron que tenía que comunicarlo con dos meses de antelación, eso fue el año pasado y este año ya lo he podido cancelar.
yo estoy en tu caso pero con mapfre, lo he dado de baja con un mes y unos dias de antelación y no he tenido problemas. Si ya te han cobrado el seguro da orden a tu banco de devolución.