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Seguro de vida

2 Comentarios
 
Seguro de vida
06/06/2008 18:45
En el año 2007 me concedieron una incapacidad permanente absoluta. Por este motivo cobré el seguro colectivo de la empresa cuyas primas corrían a cargo de la misma. Yo llevaba trabajando en la empresa 24 años y desde que entré a trabajar he tenido este seguro aunque la póliza de seguro era renovable anualmente.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo derecho a aplicarme algún tipo de reducción?
06/06/2008 19:19
Hola cometta,


La percepción de una pensión por incapacidad permanente absoluta está exenta. Ahora bien, para que se considere este caso, debe estar usted inhabilitado para toda profesión u oficio en base a su incapacidad.

En caso contrario, no sería incapacidad permanente absoluta, y sería un rendimiento de trabajo que NO tiene la consideración de obtenido de forma irregular en el tiempo. Es decir, no tendría reducción alguna.

Un saludo.
07/06/2008 06:26
Ante todo gracias a tributo por contestarme. No ob
stante lo que me gustaría saber es si puedo aplicarme alguna reducción por la cantidad percibida por el seguro de vida que he comentado y en que parte del reglamento o artículo de la ley del IRPF lo contempla.
Gracias