buenas, un dia antes de cargarme el seguro de hogar me remite la compañia una carta con una subida del seguro de 50 euros, sin comunicarme nada de subida antes, ¿ es esto legal? ¿ no puedo darme de baja cuando yo quiera?, me dice la compañia que tenia que haberlo comunicada con un mes de antelacion y por escrito gracias
Artículo 21. Redacción según Ley 26/2006, de 17 de julio.
Las comunicaciones efectuadas por un corredor de seguros al asegurador en nombre del tomador del seguro surtirán los mismos efectos que si la realizara el propio tomador, salvo indicación en contrario de éste.
En todo caso se precisará el consentimiento expreso del tomador del seguro para suscribir un nuevo contrato o para modificar o rescindir el contrato de seguro en vigor.
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Artículo 1300.
Los contratos en que concurran los requisitos que expresa el artículo 1.261 pueden ser anulados, aunque no haya lesión para los contratantes, siempre que adolezcan de alguno de los vicios que los invalidan con arreglo a la ley.
Artículo 1261.
No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: