Mi familia y yo tenemos contatado un seguro médico con Sanitas. Como consecuencia de una enfermedad grave de mi esposa hemos recibido una indemnización por parte de la compañía.
Por favor, ¿sabría alguien decirme como tributa este ingreso en la declaración del IRPF?. ¿Es posible desgravar las cuotas del seguro que hemos ido pagando a lo largo de los años?.
Muchas gracias de antemano.
Vamos a ver, por un lado ya le digo que las cuotas de seguros y otros gastos de enfermedad no se pueden desgravar. Usted, y su esposa, ya tienen perdonada una cantidad (el llamado mínimo personal y familiar) que incluye este tipo de gastos, luego no hay mayor desgravación posible.
Respecto a los pagos recibidos por parte de la compañía, me temo que necesito que me aclare algo más.
A ver, la Ley considera exentas de tiributar las pensiones percibidas por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Asimismo, las indemnizaciones percibidas por accidentes, indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguros de accidentes, y afectados por VIH.
El resto tributan. Como entiendo que tal vez no sea de su agrado detallar los problemas de salud de su esposa en un foro público, le recomiendo que haga la consulta en su Delegación de Hacienda para una mayor discreción.