Hace 3 años solicitamos un préstamo para comprar el coche y nos exigieron darnos de alta en un seguro cubrir las cuotas en caso de desempleo o incapacidad. Mi marido presentó toda la documentación y se han pagado puntualmente las cuotas. En junio fué despedido después de casi 18 meses de baja por ineptitud sobrevenida, pendiente de incapacidad permanente.
Cuando solicitamos el pago de las cuotas por el desempleo, nos dicen que no podemos cobrar el seguro porque el contrato de mi marido era hasta fin de obra y no indefinido, pero el contrato es el mismo que cuando se firmó el seguro y el préstamo.
¿Qué podemos hacer? Porque somos buenos para pagar las cuotas del seguro pero no para cobrarlo.
Si el seguro no cubría a su marido por el tipo de contrato, se lo hicieron ilegalmente, vamos que pienso que eso puede llegar a ser constitutivo de estafa.