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Seguro de decesos

3 Comentarios
 
Seguro de decesos
14/11/2024 13:12
Hola, lo primero pedir disculpas si este tema corresponde a otro apartado pero no sabía donde encajarlo.
La familia, tiene un seguro de decesos con una compañía de primera línea nacional.
La actual póliza vence en el mes de julio del año que viene.
Me han notificado que en enero me van a subir la cuota. Yo, pensaba que la actualización de cuotas se hacía al vencimiento de la póliza. Si la renovase en julio, se actualizaba con el incremento como todo de la vida IPC por ejemplo o si hubiese cambios en las coberturas por ejemplo.
El caso, es que al recibir tal noticia, he empezado a moverme y mirar otras compañías y tengo la posibilidad de hacerlo con otra nueva compañía que en este momento gestiona una cartera que le permite de forma limitada en el tiempo, ofrecernos exactamente lo mismo que tenemos, pero por la mitad de precio. Pero tenemos que hacerlo ahora o puede que más adelante ya no podamos acogernos a esa oferta.
El tema es que hemos hablado con la actual compañía para darnos de baja y nos dicen que tendríamos penalización por ello.
Quería saber si esto es así. Dónde viene estipulado dicha penalización y cuánto debe ser y si con el aviso recibido de la subida de la prima para ahora en enero, no en julio cuando vence, no podría la familia rescindir la póliza ahora por no estar de acuerdo con este nuevo término que introducen ellos y si tienen derecho de hacerlo con el nuevo año o deberían esperar a julio cuando vence.
Muchas gracias por atenderme.
14/11/2024 17:13
Lupapi
El seguro de decesos, como cualquier seguro, se rige por lo que está firmado en la póliza. Normalmente, el contrato tiene una vigencia anual y, por tanto, lo lógico y lo que dicta el sentido común es que cualquier cambio de condiciones, incluida la subida de la prima, debería hacerse efectiva al vencimiento de la póliza, que en tu caso es en julio. Lo que pretenden hacer es subirte la prima en enero, y eso suena a que están aplicando la subida de tarifas de forma anticipada, lo que se traduce, hablando en plata, en que te están intentando colar un gol.

Sobre la penalización que te mencionan, esto es lo más gracioso del asunto. Los seguros tienen una cláusula de cancelación anticipada, pero no siempre se aplica una penalización. Tendría que venir especificado en el contrato, así que te recomendaría que le des un vistazo a las condiciones generales de la póliza (sí, esas hojas que todos pasamos por alto y están llenas de letra pequeña) y busques si hay alguna mención sobre esta penalización y, si existe, cuál es el importe. Porque si no está escrito ahí, no pueden inventárselo ahora.

Ahora bien, si ellos te están cambiando las condiciones (como es el caso de esta subida en enero), podrías argumentar que hay una modificación unilateral del contrato y que tú, como cliente, no estás de acuerdo. En este escenario, estarías en tu derecho de rescindir la póliza sin penalización. Esto es lo que yo haría: les diría que no estoy conforme con el cambio y que, dado que no me respetan el vencimiento de julio para aplicar la subida, quiero cancelar el contrato sin coste.

En cuanto a la nueva oferta que te han presentado, te diría que no te lo pienses mucho. Si el nuevo seguro te ofrece lo mismo a mitad de precio, es una oferta que suena demasiado bien como para dejarla escapar, sobre todo si la actual compañía no juega limpio. Porque, al final del día, como decimos por aquí, “quien no corre, vuela”, y en estos tiempos no podemos estar regalando el dinero.

Así que mi consejo es claro: si la letra de la póliza no dice nada de penalización y no te respetan el vencimiento para la subida de la prima, cambia de compañía cuanto antes. Y si se ponen cabezotas, les mandas una carta de reclamación formal. Porque no puede ser que siempre seamos los paganos mientras las grandes compañías hacen y deshacen a su antojo.

Oferta de Captación: Pregunta si el precio se mantendrá igual en los próximos años o si está sujeto a una revisión importante. A veces en la letra pequeña dicen que es una "oferta inicial" y te llevas la sorpresa luego.

Pide una copia de la póliza y compárala detalladamente con la que tienes ahora. A veces el diablo está en los detalles.

Es raro, sí, y hay que andar con pies de plomo. Yo no diría que es una estafa, pero es probable que el precio reducido sea temporal o que las coberturas no sean exactamente iguales. Mi recomendación es que pidas toda la información por escrito, examines bien la oferta y hagas una comparación punto por punto.
15/11/2024 08:32
En derecho de familia no, en derecho civil.
Pueden subirte el precio pero al hacerlo tienes derecho a darte de baja sin ningún tipo de penalización.
15/11/2024 09:37
terabel
Muchas gracias por su aportación. Me ha ayudado mucho en aclarar algunas ideas.