Tienen la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente (REF. INFORMA 125390).
Hola, mi mujer es autonoma y tiene un seguro voluntario de asistencia sanitaria del tio Sanitas o Adesla.
Quisiera que alguien me dijese si las cuotas que pago son degrabable como gastos y en que apartado lo pongo en la declaracion.
Un saludo