El seguro no es obligatorio
Art.9.1.f
Con cargo al fondo de reserva la comunidad podrá suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales.
Usted procure asegurar su vivienda. Así mismo dirija un burofax al presidente de la comunidad, instando a que la comunidad contrate un seguro y eludiendo su responsabilidad en caso de siniestro imputable a la comunidad.
Ningún propietario puede eludir su responsabilidad en un siniestro que afecte a la comunidad, ya puede mandar todos los escritos que quiera al administrador indicando que elude dicha responsabilidad. No sirve de nada.
Lo normal es que la comunidad tenga un seguro, se vive más tranquilo, aunque también es cierto que ningún seguro cubre todos los siniestros.
En el caso de asegurar la vivienda ... pues lógicamente también es recomendable.