En la compañia donde trabajo,nos estan obligando a usra zapatos cerrados,como somos personal de confianza dicen que tenemos que usarlos o de lo contrario nos pueden despedir por no acatar las reglas de la empresa,,,,Mi pregunta es legalmente esto se puede hacer ,si no nos estan proporcionando los zapatos? Dicen que al personal de sindicato no los pueden obligar ,pero que a nosotros por ser personal de confianza,si?
Hay algun articulo en la ley federal de rabajo que diga que esto se puede hacer?
Creo que sin avión y sin barco, te has saltado el Oceano Atlántico y desde Mexico D.F. has llegado a Europa, y concretamente a España.
Es decir, este foro de Derecho Laboral está en ESPAÑA y para las contestaciones que aquí se dan, rige el propio Derecho de nuestro país, por lo que entiendo no sería de aplicación a lo que tu demandas.