Soy una persona con variso problemas de salud , un puzzle de enfermedades , que no consiguen estabilizar , el tema es que tengo dos hernias cervicales y dos dorsale ssin posibilidad de intervencion quirurgica por el desgaste tengo 48 años , mi trabajo es ante un ordenador ocho hora , entre mis problemas es que stoy operdad de queratotomia radial hace 15 años , y los musculos del ojo no me aguantan la vision con lo cual desarrolle una hipermetropia de 4 dioptrias , y tambien vision lejana , tengo gafas progresivas desde entonces , pero la postura para estar delante del ordenador me hace que las hernias se me pincen y me provoquen multitud de dolores y en consecuencia una fatal calidad de vida , ante la imposibilidad de inervencion de las hernias medicina interna considera que arreglandome el problema visual por lo menos arreglaria lo de la posicion del cuello y me sentiria aliviada , desde hace 5 años me ve en consulta el mimo oculista , para valorar que se podia hacer porque cada vez esty peor , voy a la clinica de oviedo ,y me dicen que me tienen que meter unas lentes en los ojos y me citan sibn espera para 15 dias despues , al llegr a mi ciudad se lo cunetoea mi oculista y e dice que no haga caso que el me lo arregla asi continuamente durante estos años , por fin en julio de este año , me dice que el tambien comparte como los de oviedo que es la solucion y me cita para noviembre , me dice que no hay listas de espera y que todo sera rapido , llega la citta de noviembre y me indica que me va a ver un doctor para el faco , no se ni que es eso , pero asisto por la tarde al hospital y mi sorpresa es cuando me dice y me escribe en una hoja de la seguridad social sellada y firmada que vaya a un medico particular que me cobrara la consulta me dice , pero que me valorara de verdad y asi sabre la slucion a mi proble ma . le digo que que pasa que si en el hospital no hay medicos oculista suficientemente buenos y me dice que ellos quieren la opinio de ese en concreto .
Esto me parece una ofensa a los buenos profesuonales y un abuso ......que psa que si pagas te valoran bien y si no no te valoran ? puntualizando que de mi sueldo me quiten todos los meses para pagar la seguridad social vaya si pago .
Que debo hacer
Y eso del medico privado es rarísismo, pero si lo tienes firmado y sellado en papel oficial de la SS, yo iria y lo pagaría y después reclamaría el importe a la SS.
Había un procedimiento para el reintegro de gastos médicos aunque no tengo ese tema muy fresco.
De todas formas quizás también tengas que ir a un abogado/a laboralista para hacer esa reclamación
Por otro lado no se si te has planteado pedir una incapacidad permanente, io quizás ya la tengas, no se, pero esa es otra cuestión supongo
Pues eso es lo que me ha extrañado , tener que ir a un privado para valorarme , y tener que pagar yo la consulta ,bueno tendre que ir y luego guardar todas las facturas y ya vere la manera de que me lo page la seguridad social no crees que sera lo mejor?
Supongo que es lo mejor para tu salud sobre todo que es lo primero.
En cuanto a lo otro te opego algo que he encontrado, pero sin verlo es dificil valorarlo, insisto en que te asesores personalmente en tu cudad:
Conforme a lo establecido en los art. 102.3 Ley General de la Seguridad Social de 30 de mayo de 1974 y art. 9 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de la Salud únicamente se facilitarán por el personal legalmente habilitado, en centros y servicios, propios o concertados, del Sistema Nacional de Salud, salvo en situaciones de riesgo vital, cuando se justifique que no pudieron ser utilizados los medios de aquél, sin perjuicio de lo establecido en los Convenios Internacionales en los que España sea parte.
Por consiguiente, la utilización de las prestaciones se realiza con los medios disponibles en el Sistema Nacional de Salud. Sin embargo, en ocasiones, puede suceder que el beneficiario de la prestación reciba asistencia en una institución ajena al sistema de la Seguridad Social. Se produce entonces la disyuntiva de si el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria o los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos competenciales, deben abonar o no al beneficiario los gastos de asistencia sanitaria causados fuera del sistema de Seguridad Social.
El concepto de reintegro de gastos médicos originados en instituciones sanitarias distintas de las del Sistema Nacional de Salud ha sido elaborado por la doctrina jurisprudencial, al interpretar y aplicar de forma casuística, el art. 102 Ley General de la Seguridad Social de 30 de mayo de 1974 y sus normas de desarrollo, a partir de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en Sentencia dictada en interés de ley el 3 de junio de 1975, en la que se vino a declarar que las Entidades Gestoras de la Seguridad Social solamente venían obligadas a abonar tales gastos en los supuestos de denegación injustificada de asistencia por las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, previamente solicitada y siempre que se notificase, además, dentro de los quince días naturales siguientes al comienzo de la asistencia privada, o cuando la utilización de los servicios médicos privados hubiera sido debida a asistencia urgente de carácter vital, y destacándose que ello no concedía a los afiliados a la Seguridad Social un derecho de opción entre la medicina pública y la privada, sino que el acceso a la medicina privada tenía carácter excepcional a justificar por el beneficiario ante la Entidad Gestora y, posteriormente, ante los Órganos Judiciales, los cuales debían proceder con criterio cauteloso para evitar conceder reintegro de cantidades devengadas por cuidados médicos que pudieron prestarse en Instituciones de la Seguridad Social, las cuales disponen de medios técnicos y humanos muy cualificados, por lo que la mayoría de las ocasiones en que se les margina traía su causa en decisiones caprichosas o por intereses profesionales o de excesivo, aunque humanamente comprensible, afán personal o familiar de agotar todo tipo de posibilidades terapéuticas.
A título de ejemplo, y de acuerdo con la doctrina sentada en alguna de las resoluciones judiciales a que se ha hecho mención se puede destacar lo siguiente:
a) La asistencia por la medicina privada tiene carácter excepcional, y ha de ser justificada por los beneficiarios antes los Tribunales (STS de 5 de marzo de 1991).
b) No justifica la utilización de la medicina privada la existencia de creencias religiosas que le impidan someterse al tratamiento prescrito por la Seguridad Social, por lo que no procede el reintegro de los gastos que de aquélla se deriven (STC de 28 de octubre de 1996).
c) Se ha reconocido, excepcionalmente, el abono de intereses en el supuesto de abono de gastos médicos procedentes de internamiento psiquiátricos que, de manera sistemática, la Seguridad Social ha venido denegando, unido a la falta de instituciones donde efectuarse los internamientos (Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 21 de enero de 1993).
d) Después del traspaso de funciones a las Comunidades Autónomas y aunque se trate del reintegro de gastos originados con anterioridad a la misma, el Servicio de Salud Autonómico está obligado al pago si fueron reclamados con posterioridad a la transferencia. Incluso aunque se tratase del pago de gastos a los que el beneficiario tuviese derecho por sentencia firme anterior al traspaso de competencias (STS de 7 de junio de 2001 y STS de 12 de junio de 2001).
Muchas gracias por la informacion , ya lo he puesto en manos de los responsables para que obren en consecuencia ......es triste que ademas de tener problemas de salud , te creen otros problemas añadidos .
Un saludo
Kapitan!!! creo que ya te lo he dejado claro no? yo la pension ya la tengo, como te he dicho creo que el único pelmazo que hay aquí eres tu ok? menos falta de respeto y más ayudar a la gente con problemas ok?
Je je, ahora se indigna!! No sabía que tenían problemas los del portal ese que anuncias, pero lo suyo es que paguen la publi y la coloquen en su sitio.
O, espera, quizá te referías a ayudar al que inicia el hilo? Pues precisamente no la veo muy por la labor de ir repartiendo los pocos ingresos que tenga con los del "TRIBUNALMEDICO" y CrisF lo ha hecho gratis.