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seguridad social

3 Comentarios
 
25/09/2009 11:23
Muchas gracias a los dos por vuestros consejos.
23/09/2009 14:00
marilo, marilo ... si los trabajadores estan percibiendo la prestación por desemplo, no hay ningún tipo de responsabilidad... o es que no sabes las diferencias entre una relación laboral y una prestación de servicios regulado por las normas civiles.

pajaruco, en este sentido, puedes estar totalmente tranquilo que tú, con los albañiles, no mantienes ningún tipo de relación laboral, por lo que:

- No te tienes que darte de alta en la SS
- No tienes que dar de alta en la SS a los trabajadores
- Por supuesto, la inspección de Trabajo NO te puede sancionar

¿Me tengo que dar de alta?¿Tengo que dar de alta a los trabajadores? ¿La inspección me puede sancionar si no lo hago?.

Mi consejo: Puedes estar tranquilo, déjate de gaitas y, contrata ese trabajo con quien quieras.
23/09/2009 11:39
Si es una pequeña reforma de su casa no se preocupe, usted no es más que un cabeza de familia que contrata un trabajo.

Tenga en cuenta los permisos que le exigirá su ayuntamiento por obra menor o por ocupación de la via publica por contenedor.

No tiene responsabilidad alguna de contratar de forma laboral a los trabajadores.

Distinto es que estos trabajadores sean perceptores de una prestacion por desempleo y ejerzan una actividad, ahí la Inspección tendría que actuar y sinceramente, no se que responsabilidad tendría. Me gustaria pensar que alguna ya que de esa forma fomenta la economia sumergida.

Mi consejo: contrate ese trabajo con una empresa de construcción, que paga impuestos y que crea empleo. (pero esta es mi opinión)

Ah! se me olvida decir que si promueve una obra de edificación todo lo anterior cambia y usted tendría la condicion de "promotor" a los efectos de la nueva ley de subcontratación. Si este es el caso, ruego lo indique para ampliar la información.
Seguridad social
22/09/2009 18:39
Desearía que alguien me informara sobre las obligaciones que le corresponden a un particular si desea hacer una obra privada y contrata con los albañiles directamente. ¿Me tengo que dar de alta?¿Tengo que dar de alta a los trabajadores? ¿La inspección me puede sancionar si no lo hago?. Gracias