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seguridad social

2 Comentarios
 
02/06/2003 16:41
Hola, Iem: Bajo mi punto de vista, aunque la situación de baja por maternidad exime del desarrollo del cualquier tipo de trabajo, no trunca en modo alguno lo que en Acción social de la Empresa se conoce como Formación Continua. Siendo, en ocasiones, configurado como un derecho. No obstante, la respuesta de nuestro amigo zitro es un muy acertada.
07/04/2003 21:43
Hola Iem: La baja por maternidad es un derecho de las trabajadoras que tiene como, es normal, una motivación de protección a éstas. La Ley (que sepa yo), no contempla supuestos tan particulares como el que expones. No obstante, si en cambio, tiene varias exigencias (no realizar trabajos ..., etc) a las que necesariamente hay que prestar atención, ya que pueden resultar incumplimientos castigados con el despido.

Por otro lado, y es mi criterio, lo razonable es solicitar de la empresa el permiso correspondiente aduciendo el interés para una mejor prestación de servicios posteriormente.
Saludos. Por cierto, tu agradecimiento, muy original.
Seguridad social
perfil lem
07/04/2003 10:00
¿si un trabajador está de baja por maternidad puede presentarse a un examen sobre formación en la empresa? el contrato es de formación
gracias 1000