No importa en que cuenta se cargue el importe de Autónomos, lo que importa es disponer del justificante en que conste que se ha abonado.
Se carga en la cuenta 642 - Seguridad Social a cargo de la empresa - y se abona en la 476 - Organismos de la Seguridad Social acreedores. Para finalizar lo pasas a la cuenta de la empresa - 572.
Buenas tardes,
Mi jefe está como autónomo por administrador de la empresa. Como puedo contabilizar la cuota de la seguridad social de autónomos aunque lo page con su cuenta personal. Si es que se puede desgrabar este gasto?
Muchas gracias