No se si le he entendido mal. Pero, si no tiene trabajadores y el administrador que nombra tampoco cobrará (por tanto, no trabajará), ¿quien lleva la consultoría?
Si Usted es socio con al menos el 50% y trabaja para la sociedad, tiene que estar en el RETA. Si no tiene el 50%, entonces Régimen General.
Tengo una consultoria de forma sl sin trabajadores y en la que soy administrador unico. Estoy pensando en darme de baja en el RETA y nombrar administrador unico a un familiar lejano ya que al ser un cargo no retribuido y no ser socio de la misma me ahorraria cualquier tipo de cotización a la Seguridad Social. ¿Es esto posible?