Tengo otra pregunta , a ver si algun alma caritativa me puede responder, ya que me corre un poco de prisa la respuesta.
¿quien esta obligado a proporcionar ropa y EPI (equipos de proteccion individual) a un trabajador de ETT?
Si es la ETT la obligada, y ésta se niega, ¿tendría la empresa usuaria la obligacion "subsidiaria" de proporcionarlos?