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Segundo despido en menos de un mes

1 Comentarios
 
31/05/2010 10:39
la readmisión se produjo el 28 de abril (un mes y cuatro días despues de la interposición de la reclamación
Segundo despido en menos de un mes
31/05/2010 10:37
Ya escribí hace tres meses sobre mi situación. Soy Personal Laboral de un ayuntamiento. Tengo una antigüedad desde el 01/03/2005 y varios contratos yo soy licenciado y mi compañera que entró cuando yo es diplomada y luego en el Área están otras dos compañeras que tienen una antigüedad de 2 y 1 año. Este mes de febrero recibo decreto de Alcaldía diciendo que el servicio había finalizado y mientras mi compañera si se quedaba. Interpuse reclamación previa el día 24 de marzo y el ayuntamiento me contesto el día 28 de marzo en el sentido de readmitirme. Pedí copia de mi expediente y descubrí el informe que ha realizado la abogada del ayto y está dice con palabras textuales "en el caso del despido del trabajador XX se debía haber actuado con mayor cautela..." hace referencia a que estoy contratado en fraude de ley, que la percepción de una subvención por parte de la Admón autonómica no es razón para el despido, pues la actividad que realizó según la LBRL es propia del Ayto (art. 25) para finalmente recomendar mi readmisión para posteriormente despedirme por causas objetivas.

Me contestan extemporáneamente. Me dan de alta con fecha de 23/04/2010 y no loquidan con el INEM las prestaciones que yo he cobrado y me pagan a mi los meses de marzo y abril que estuve en el paro, por que ellos creen que es mi obligación devolver el dinero al INEM.
Posteriormente yo interpongo reclamación`, con fecha 3/04/2010, reclamación previa a la vía judicial reclamando mi carácter fijo, o subsidiariamente indefinido (el actual equipo de gobierno ya no volverá a presentarse, es del PSOE y el partido no los quiere y, al menos, por el PSOE no se van a presentar) y les reclamo con fecha de 19/05/2010 que devuelvan el dinero al INEM y que me den de alta correctamente en la Seguridad Social.

Yo soy Agente de Desarrollo Local, encargado de la gestión de ofertas de empleo, de tramitación de subvenciones de inversión de las empresas y autonomos que quieran que les tramitemos sus ayudas, realizo informes sobre indicadores sociales (tasa de paro, evolución de la población, etc) y ellos alegan como causas objetivas: El menor número de licencias de obras mayores en el polígono, menor alquiler de naves y locales en el vivero de empresas municipal y menos metros2 vendidos en el polígono. Con respecto a estas causas, decir que el ayto tiene previsto la construcción de un nuevo polígono con el SEPES desde el año 2007 por que no tiene ya metros disponibles, el concejal del ramo no ha tramitado solicitudes de alquiler de oficinas en el vivero de empresas. Y además eligen a mi compañera por que según ellos tiene más antigüedad que yo. Ellos han intentado que le den la subvención por mi, pero como solo solicitaron la prórroga de mi compañera el Servicio Público de Empleo que es quien financia el sueldo, les ha dicho que no, que lo hibierna pedido antes

Y el día 28 /05/2010, es deicr, ni ha transcurrido un mes, me comunican decreto de alcaldía volviendo a despedir.

Yo aún tengo pendiente y con fecha el juicio del primer despido que no he retirado.

¿Es de aplicación el Principio de Garantía de Indenmidad?, cosa que creo. Pero ademas:

¿Debo mantener la causa del primer despido? ¿Debo interponer demanda por la reclamación previa pidiendo mi fijeza?¿Debo, además interponer demanda por el 2º despido?

Y si el juez, que espero que lo haga así, dicta a mi favor, con la documentación que tengo (informe de la abogada del ayto, diciendo como deben hacer, el tema de que expedientes sin resolver de alquiler de las oficinas, con el informe favorable del Servicio técnico, el tema de el alta de mi readmisión para parecer que tengo menos antigüedad que mi compañera) ¿Tendría posibilidades de properar una querella por prevaricación contra el Alcalde y el Concejal?