Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Seguir trabajando una vez interpuesta demanda de extinción

1 Comentarios
 
07/09/2016 12:45
jorge1974
Tienes que permanecer en el puesto de trabajo hasta que se dicte sentencia (imagina que no fuera favorable), excepto en casos muy conretos (malos tratos, vulneración de derechos fundamentales...) y siempre que el demandante lo solicite como medida cautelar y el juez la conceda.
Seguir trabajando una vez interpuesta demanda de extinción
07/09/2016 11:45
Una cuestión práctica:

Si interpongo una demanda en la que solicito la extinción de contrato de trabajo por incumplimiento grave y reiterado del empresario, o bien por modificación sustancial de condiciones de trabajo acogiendome al art 41 ET, o por movilidad geográfica ex art 40 ET (si en uno y otro caso la empresa no acepta el rechazo del trabajador), entonces,

¿EL TRABAJADOR DEBE SEGUIR TRABAJANDO HASTA QUE HAYA SENTENCIA?

¿O bien PUEDE CESAR VOLUNTARIAMENTE a la espera de resolución judicial y entonces se le pagará la indemnización correspondiente en caso de que le den la razón (33 ó 20 días por año según el caso)?

Entiendo también que en este caso de sentencia favorable tendrá DERECHO RETROACTIVAMENTE AL SUBSIDIO de desempleo desde la fecha de la baja de la empresa, ¿es asi?

¡Muchas gracias!