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Seguir como personal laboral habiendo sacado una oposición

6 Comentarios
 
Seguir como personal laboral habiendo sacado una oposición
18/07/2009 20:43
Hola,
estoy trabajando como personal laboral del Cuerpo de Gestión en la Junta de Castilla y León. Estoy tb a la espera de la oferta de plazas de Auxiliar Administrativo de Sacyl ya que hace unos meses aprobé esta oposición.
Como en Gestión estoy muy a gusto y gano más, me gustaría saber si puedo pedir una excedencia en mi plaza de Auxiliar Administrativo de Sacyl cuando tenga que tomar posesión y seguir así, trabajando como personal laboral de Gestión en la Junta.
Muchas gracias, Un saludo.
18/07/2009 23:02
Eso es lo que estamos discutiendo en el otro post.

Si la plaza es de personal laboral fijo, no hay ningún problema. Ahora si es de personal laboral temporal, te van a aplicar el RD 255/2006 y vas a tener problemas.

El procedimiento es, el día de la toma de posesión del puesto de Auxiliar Administrativo, llevar certificado de que prestas servicios como personal laboral fijo del Cuerpo de Gestión, no firmas la declaración de incompatibilidad, e inmediatamente, en el mismo acto de toma de posesión, solicitas el pase a la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

Saludos.
19/07/2009 12:03
¿No es obligatorio ejercer al menos un año en el puesto, para poder pedir excedencia?.
19/07/2009 12:49
No no, eso solamente es aplicable si pidieras la excedencia en el puesto de personal laboral (que por cierto es muy discutible, pues existe jurisprudencia que dice que esta excedencia no esta sujeta ni a permanencia mínima en el puesto ni a superar el periodo de prueba siquiera). Pidiendola en el puesto de funcionario de carrera, se declara desde la misma toma de posesión, sin necesidad de permanencia alguna en el puesto.

Saludos.
19/07/2009 13:15
Vamos a ver, que me chocaba y es que la permanencia de 1 año se requiere para la excedencia voluntaria por interes particular, no para la excedencia por incompatibilidad.

Lo del periodo de prueba lo he dicho porque ha habido ocasiones que al pedir excedencia por incompatibilidad a la hora de formalizar el contrato para seguir en el puesto que venías desempeñando, la Administración ha optado por extinguir el contrato, al considerar que por no superar el periodo de prueba, no has adquirido la condición de personal laboral fijo. Y según reiterada jurisprudencia, lo correcto no es extinguirlo, sino suspenderlo, aplazando la superación de dicho periodo de prueba al momento en que finalice la causa por la que pediste la excedencia, y por tanto, te incorpores al puesto en la que la solicitaste. Eso si, la condición de laboral fijo la adquieres desde el momento de que superas el proceso selectivo.

Saludos.
19/07/2009 20:07
Buenas

Yo creo que la solución de trasladar automáticamente las situaciones administrativas de los funcionarios de carrera al personal laboral no es adecuada...

La excedencia por incompatibilidad en el caso del personal laboral sólo podrá solicitarse si así se recoge en el Convenio Colectivo aplicable y en las condiciones que se establezcan en dicho Convenio, y ello dado que no se regula tal excedencia en el Estatuto de los Trabajadores (aunque permite que se establezca por convenio esta excedencia o cualquier otra) y que en esta materia la normativa de funcionarios no es directamente aplicable al personal laboral .

Un saludo
03/06/2011 00:18
Hola Interino2,

Disculpa que retome este hilo ya tan pasado, el caso es que yo me encuentro en una situación similar.
No entiendo a que situación pasaría la persona si el puesto que adquiere es de personal laboral fijo, que pide una excedencia por incompatibilidad o una excedencia voluntaria?