Hola. Queria haceros la siguiente consulta.
Si de una finca A escriturada segregamos una parcela B que así mismo se escritura.
¿Quedaría constancia en las escrituras A o en la notaría de esa segregación y cambio de linderos?
Ahora en la escritura de la finca original A tendría que figurar la linde con la finca segregada.
No, no es eso. es algo mucho mas complicado.
Compramos una finca segregada. Y al cabo de los años, el alcalde de mi pueblo cambia el catastro y nos cambia todas las lindes.
Y hace unas escrituras nuevas, basadas en una supuesta compra de palabra, del resto de la finca pero quitándonos casi toda la nuestra.
Ya sé que suena demencial e increible, pero todavía existen lugares en donde el caciquismo impera en todos los estamentos.
La finca original tenia 4 linderos, Norte, sur, este y Oeste. En la que compramos varia unicamente el lindero Sur, en lugar de el anterior lindero pasa a lindar la vendedora.
Y yo necesito saber si igual que en nuestras escrituras cambia ese lindero en la Notaría quedaria tambien constancia de la modificacion de la linde norte de las escrituras originales.
Creo que sería la manera mas facil de desenmascarar al alcalde
En el registro de la propiedad constará lo que diga las escrituras que tienes en tu poder.
El ayuntamiento no ha cambiado ninguna inscripción en el registro de la propiedad, de eso puedes estar segura. Sin embargo si puede iniciar de oficio el procedimiento de modificación gráfica de los lindes y superficie de una parcela catastral, cuando se tiene convicción de la existencia de una errónea representación de dicha parcela en el plano parcelario catastral.
Pero ese expediente debe someterse a información pública, en cuyo momento podrás alegar lo que consideres en beneficio de tus intereses, aportando escrituras y documentación gráfica pertinente.
En estos casos es conveniente tener al lado un técnico competente.