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Segregación vivienda en Madrid

3 Comentarios
 
Segregación vivienda en madrid
29/10/2010 13:17
Buenos días,
Antes de nada, dar las gracias de antemano. Os cuento un poco para poner en antecedentes.
Mis padres son propietarios de una casa de 120 m2 en madrid. Mis padres compraron la vivienda sobre plano y en el mi padre pidio al arquitecto que le uniera la el Centro y el Derecha. El arquitecto hizo una casa y fue registrada como una finca.
Ayer mi padres firmaron ante notario la segregración en dos y con nosotros, los hijos, la donacion de dichos pisos.
La cuestion es que el notario nos dijo que no siempre acepta el registro o el ayuntamiento las segregaciones y que puede ser que hayamos gastado el dinero si no llega a buen puerto. Esta certificado ante notario que todos los propietarios de la comunidad estan deacuerdo, ya qeu se quiere dejar mi planta igual que als demas, con 3 casas por planta.
Mi pregunta es. Aunque no llegara nunca a buen puerto la segregacion y nunca fueran registradas las dos casas por separado. Mi hermano y yo ahora somos propietarios cada uno de su parte, ¿prodríamos hacer obra, separando las casas y vivir en ellas aunque no estuviera registrada en dos?
Gracias y un saludo
30/10/2010 21:31
Por hacer obras, si podeis. El problema legal con el que os encontraríais es que estais en un proindiviso, es decir, los dos/un piso son al 50% de los dos. No significa que cada uno tenga 60m2, sino que los dos sois propietarios al 50% de los 120m2, por lo que las mejoras serían propiedad de los dos, aunque uno las haya realizado en "su parte".
En principio, y puesto que se trata de dividir un inmueble, quedando dos en los que cada uno sería igual a los restantes del edificio, no creo que os pongan impedimentos en el Ayuntamiento/Urbanismo. Sobre todo porque contais con la autorización de los vecinos y cada unidad supera el mínimo habitable (creo que está en 35m2). La autorización de los vecinos, doy por sentado que ha sido en reunión de la Comunidad, y que así consta en el Libro de Actas. Si no ha sido así, os aconsejo soliciteis convocar reunión al efecto, ó si está cercana la anual, soliciteis al presidente lo incluya como punto en el orden del dia.
30/10/2010 21:41
Os pego la ley de Propiedad Horizontal:

Artículo 8
Los pisos o locales y sus anejos podrán ser objeto de división material, para formar otros más reducidos e independientes, y aumentados por agregación de otros colindantes del mismo edificio, o disminuidos por segregación de alguna parte.

En tales casos se requerirá, además del consentimiento de los titulares afectados, la aprobación de la junta de propietarios, a la que incumbe la fijación de las nuevas cuotas de participación para los pisos reformados con sujeción a lo dispuesto en el artículo quinto, sin alteración de las cuotas de los restantes.
(el articulo quinto, se refiere a como debe estar descrito cada piso/local en la escritura de propiedad.)
02/11/2010 17:14
Gracias por responder 1996.
La reunion de vecinos se hizo segun las normas y esta firmados por los vecinos y representados en el libro de actas. Por eso no creo que haya problema.
El problema que me presentan ahora es que el notario primero hizo un documento de segregacion a nombre de mis padres y despues la donacion de cada parte a nuestros nombres.
La pregunta es: ¿Si no llegara a registrarse la segregacion, que va primero porque solo la firmaron mis padres, sería válida la donación? ya que las escrituras de donacion son dos, una para la parte de mi hermano y otra para la mia.

Un saludo